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El Supremo admite a trámite el recurso contra el nombramiento de Dívar

La admisión no comporta prejuicio alguno sobre el resultado de la impugnación. Su única consecuencia es la normal iniciación del procedimiento judicial.

El Supremo admite a trámite el recurso contra el nombramiento de Dívar
El nuevo presidente del CGPJ y del TS, Carlos Dívar, en la jura de su cargo. EFE

Madrid.- El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite el recurso que el abogado José Luis Mazón, junto a la también letrada Encarnación Martínez, ha presentado contra el nombramiento de Carlos Dívar como presidente del Alto Tribunal y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Según ha informado el Supremo en una nota de prensa, así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS en una providencia, notificada hoy, que nombra ponente del caso al magistrado Pablo Lucas Murillo.

El comunicado precisa que la admisión a trámite no comporta prejuicio alguno sobre el resultado de dicha impugnación y su única consecuencia es la normal iniciación del correspondiente procedimiento judicial.

Los veinte nuevos vocales del CGPJ eligieron, por unanimidad, presidente de esta institución y del TS a Dívar el pasado 24 de septiembre.

Tras ello, Mazón interpuso un recurso contencioso administrativo contra el Real Decreto por el que se nombra a Dívar al considerar que este nombramiento esta viciado "por haber sido el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, quien realmente ha decidido, antes que los propios vocales del CGPJ, la identidad de la persona que había de ser el presidente del Supremo".

En el recurso, Mazón y Martínez sostienen que la decisión de Zapatero de anunciar "a los cuatro vientos" que el nuevo presidente del CGPJ iba a ser Dívar es "incompatible" con el artículo 123.2 de la Constitución, "a cuyo tenor son los vocales recién elegidos, sin consignas del jefe del Ejecutivo, los que a su vez han de proponer el nombramiento del presidente del TS al Rey".

Además, alegan que se ha producido una vulneración del derecho de acceso a los cargos públicos en condiciones de igualdad y legalidad (artículo 23.2 de la Constitución).

Ahora el Supremo tiene por interpuesto el citado recurso en una providencia, en la que reclama el expediente administrativo del CGPJ, que deberá aportarlo en un plazo máximo de veinte días.

(Efe)

 




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