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La inversión en Sicav tiene ventajas en el Impuesto de Sociedades

Una segunda resolución del Tribunal Económico Administrativo Central obliga a Hacienda a paralizar las denuncias en curso y refuerza la seguridad jurídica.

La inversión en Sicav tiene ventajas en el Impuesto de Sociedades
Luis Pedroche, director general de la agencia Tributaria.

Diego Carrasco

Madrid. El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) acaba de dar la puntilla a Hacienda en el tema de la reinversión en las sociedades de inversión de capital variable (Sicav). Una segunda resolución del tribunal, fechada el 28 de febrero y a la que ha tenido acceso LA GACETA, permite a las sociedades que puedan reinvertir en una Sicav las plusvalías de una venta para disfrutar de las ventajas de la deducción en el impuesto de sociedades por reinversión. Esto permitió reducir la tributación por plusvalías del 35 al 18%.

La trascendencia de esta segunda resolución es que ya existe un cuerpo doctrinal sólido y coherente por parte del TEAC sobre los efectos fiscales de la reinversión en Sicav. La primera resolución del tribunal, dictada en diciembre y adelantada por este periódico, sentaba un importante precedente. Sin embargo, en la práctica durante los últimos meses la inspección de los tributos era muy reticente a aplicar este criterio en las inspecciones y denuncias que estaban en marcha. Ahora, con este segundo varapalo a la Administración Tributaria ya no tendrá motivos ni argumentos para desconocer o inaplicar la doctrina sentada por el TEAC. Así lo dice de modo tajante y claro el artículo 239.7 de la Ley General Tributaria: "La doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Económico Administrativo Central vinculará a los tribunales económico administrativos regionales y al resto de la Administración tributaria".

Según se desprende de la resolución, de 15 folios, una empresa, con domicilio en Vigo, transmitió bienes que pertenecían a su inmovilizado material, reinvirtiendo la totalidad de la renta obtenida en títulos de una Sicav. En julio de 2004, el obligado tributario vendió a la entidad McDonalds Sistemas de España, Inc sucursal de España el inmovilizado correspondiente a la explotación del negocio de restaurante. El beneficio contabilizado y declarado en el impuesto ascendía a 1.396.873,45 euros. La inspección entendió que no se podía aplicar la cuota de deducción por reinversión de beneficios extraordinarios porque "no existe una motivación económica en esta reinversión". Hacienda le puso una multa que ascendía a 289.937,35 euros.

La argumentación de la resolución se remite, por razones de congruencia, a la dictada en diciembre del año pasado. De esta manera, el fallo señala que "las Sicav han sido configuradas por nuestro ordenamiento jurídico como sociedades anónimas y que sus valores otorgan una participación en el capital social de la entidad". En consecuencia," no existe base jurídica para excluir a estas sociedades como instrumentos válidos para materializar la reinversión y gozar de la deducción correspondiente".

Sociedades Anónimas

Esta nueva resolución, que ha sido ganada por el departamento contencioso-tributario de Cuatrecasas Abogados en Barcelona, dirigido por Miró Ayats, resalta que "al tratarse de sociedades anónimas sus valores otorgan una participación en el capital social de la entidad, y no se tratan de entidades residentes en paraísos fiscales, y todo ello aún cuando se encuentren acogidas a la legislación específica de Instituciones de Inversión Colectiva".

Fuentes jurídicas del bufete de Cuatrecasas han apuntado: "con esta nueva resolución se refuerza la seguridad jurídica en la medida en que cualquier órgano de la Agencia Tributaria, en cualquier lugar de España y con independencia del trámite procesal en que se halla, deberá reconocer la legalidad de reinvertir en Sicav cuando se quiere gozar de la deducción en el impuesto de sociedades". Con esta nueva decisión, el TEAC coloca en su sitio al legislador al extenderse en sus competencias.

Más de 3.200 sociedades canalizan 33.000 millones

Las sociedades de inversión de capital variable (Sicav) nacieron en 1983, por una decisión del Ministerio de Economía. El departamento que dirigía entonces Miguel Boyer buscaba frenar la marcha de las grandes fortunas a Luxemburgo, donde tributaban al 1%, cuando las sociedades de inversión mobiliaria de capital variable (Simcav) pagaban en España mucho más al fisco.

La solución fue que estas sociedades tributaran en el Impuesto de Sociedades lo mismo que cualquier otra institución de colectiva, el 1%.
Un cuarto de siglo después de esta reforma, las 3.217 Sicav existentes, según las últimas estadísticas de la CNMV, canalizan ahorro de los españoles —cuentan con 423.100 accionistas— por un volumen de 32.790 millones de euros.

Prueba de su importancia es que las Sicav son el primer vehículo de canalización de inversión hacia la bolsa española.




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