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La Audiencia permite que los jueces impidan hablar lenguas autonómicas

El magistrado que impidió hablar catalán evitó que instrumentalizasen el juicio con fines políticos. La Audiencia no ve incoveniente en que se obligue a usar el castellano.

La Audiencia permite que los jueces impidan hablar lenguas autonómicas
Deben hablar castellano. Imagen de una concentración de apoyo, en Gerona, a los dos condenados...

David F. Grande
Madrid. La Audiencia Nacional no ve ningún inconveniente en que los magistrados de este órgano judicial obliguen a los acusados a utilizar el castellano en los juicios. Ayer, la Sala de Gobierno de la Audiencia rehusó pronunciarse sobre la polémica decisión del juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, de impedir hablar en catalán a dos independentistas que quemaron fotos del rey en Gerona. La Sala de Gobierno sostiene que, al tratarse de una decisión judicial, carece de atribuciones para pronunciarse al respecto. Los jueces y tribunales de la Audiencia, argumenta, pueden utilizar sistemas de traducción si lo creen necesario.

La Audiencia respondía así a la carta que les remitió la consejera de Justicia de la Generalitat, Montserrat Tura, pidiendo que atendiesen "en todas las lenguas oficiales del Estado". La Sala de Gobierno, tras agradecer su "interés y preocupación", afirma que la Audiencia ya dispone de intérpretes de lenguas autonómicas, que los magistrados podrán utilizar "cuando así lo acuerden".

La decisión de la Audiencia Nacional de no impedir que los jueces obliguen a hablar castellano a los acusados tiene una especial carga simbólica, ya que en esta sede se juzgan muchos de los delitos contra el Estado (crímenes contra altas instituciones de la nación, kale borroka y otros delitos de terrorismo). Además, otros dos eventos azuzaron la polémica. Por un lado, el propio juez Váquez Honrubia hizo pública su sentencia sobre el controvertido juicio, en la que justifica concienzudamente su decisión.

Al mismo tiempo, el vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Alfons López Tena, de sensibilidad nacionalista catalana, pedía al órgano de gobierno de los jueces que expedientase disciplinariamente a este juez con faltas graves de ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales, de abuso de autoridad y de otra falta de consideración con los ciudadanos.

Instrumentalización

En su sentencia, el juez Váquez Honrubia justifica minuciosamente su decisión de impedir que los acusados hablasen en catalán. Así, afirma en su resolución que la negativa de los procesados a hablar en castellano pretendía "instrumentalizar" el juicio "para realizar una reivindicación político-lingüística y/o puramente política", pese a que los poderes públicos no tienen la obligación de hablar las lenguas cooficiales fuera de sus comunidades autónomas.

Los acusados, argumenta el juez, "comprendían a la perfección la lengua española" (ya que respondían perfectamente, aunque en catalán, a las preguntas que se les realizaban en castellano). Sin embargo, las reivindicaciones independentistas pretenden "imponer" a toda la Administración española la obligación de entender todas las lenguas cooficiales fuera de sus territorios, pese a que "el español es la lengua oficial del Estado.

También califica de "monumental confusión" que el abogado argumente que se generó indefensión a sus clientes, ya que podrían haber declarado en castellano. Asimismo, afirma que el hábito de la Audiencia Nacional, "jurídicamente peculiar", de utilizar intérpretes sin tener en cuenta si los acusados hablan castellano, es una "costumbre", pero no una obligación legal.




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