Allianz pagará a sus empleados los gastos de comida, calefacción y aire acondicionado los días de teletrabajo

Introduce en su convenio colectivo los acuerdos sobre teletrabajo, registro horario y desconexión digital

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros ha acordado con la mayoría de representantes laborales modificar el convenio colectivo de la empresa para recoger los recientes acuerdos sobre el teletrabajo, el sistema de registro horario y el derecho a la desconexión digital, según publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Según exponen, recientemente han firmado un acuerdo de empresa sobre el sistema de registro de jornada diaria y la implementación de una política de desconexión digital, así como un acuerdo marco de trabajo a distancia, lo que ha llevado a modificar varios artículos del vigente convenio colectivo de Allianz Seguros para el periodo 2018-2021.

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En cuanto al acuerdo marco de trabajo a distancia, se ha establecido un nuevo sistema de compensación de gastos denominado ‘COMPENSA+’, que sustituye y deja sin efecto el sistema de compensación por comedor regulado en el convenio colectivo de Allianz. Su abono será distribuido entre las doce mensualidades del año y su finalidad es sufragar los gastos tanto en trabajo presencial como a distancia.

Durante los días de trabajo a distancia, Allianz compensará todos los eventuales gastos que el uso del domicilio o lugar designado durante la jornada laboral pudiera generarle al empleado en los términos previstos en el Real Decreto 28/2020, como son los derivados de suministros (calefacción, agua, luz, gas, aire acondicionado o línea ADSL, entre otros), así como los gastos de comida en régimen de jornada partida.

Los días en los que los empleados acudan a la oficina de forma presencial y en régimen de jornada partida, la empresa compensará los gastos de comida.

El importe ‘COMPENSA+’ asciende a 1.900 euros brutos al año para los empleados con jornada oficial o 1.550 euros brutos para los trabajadores con jornada de horarios especiales. En ambos casos, los trabajadores no acogidos al régimen de jornada partida solo percibirán ‘COMPENSA+’ en el supuesto de adhesión a régimen de trabajo a distancia, por la cuantía de 230 euros brutos en cómputo anual.

Por otro lado, respecto al acuerdo sobre el sistema de registro de jornada diaria y la implementación de una política de desconexión digital, se ha suprimido la limitación temporal para la recuperación de los ajustes horarios y se ha incluido la posibilidad de anticipar el descanso para la comida a las 12.30 horas para facilitar el uso de la flexibilidad horaria acordada en el convenio y la conciliación de la vida laboral y familiar.

La jornada laboral oficial de la empresa será jornada partida de ocho horas diarias de lunes a jueves, con horario de entrada flexible entre las 8 y las 10 horas y salida no más tarde de las 20 horas. Tanto los viernes, como todos los días del periodo comprendido del 25 de junio al 10 de septiembre y los días 24 y 31 de diciembre, la jornada será continuada de 6 horas y 25 minutos.

Además, los empleados podrán disfrutar cada año de una semana de jornada continuada.

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