El premio mundialista de España queda atrapado entre el IRS y la Agencia Tributaria

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España recibirá cerca de 50 millones de dólares por ganar el Mundial, pero ni el IRS confiscará automáticamente la mitad del premio ni Hacienda aplicará después otro 54% íntegro. El dinero lo cobra la Federación y la tributación de los jugadores dependerá de cómo se repartan las primas, de su residencia fiscal y de los impuestos ya satisfechos en Estados Unidos.

España ha ganado su segundo Mundial y la victoria trae consigo un premio económico extraordinario. La FIFA abonará alrededor de 50 millones de dólares a la Real Federación Española de Fútbol, una cifra que ha disparado una conclusión tan atractiva como imprecisa: Estados Unidos se quedaría casi con la mitad y, cuando el dinero llegase a España, Hacienda volvería a aplicar hasta un 54%.

La realidad tributaria es bastante más compleja. El premio no se entrega directamente a los futbolistas, sino a la Federación. Además, el impuesto estadounidense, el estatal de Nueva Jersey y el IRPF español no se suman mecánicamente como si fueran tres mordiscos independientes. Existen reglas de atribución territorial y mecanismos para evitar la doble imposición.

Los 50 millones no van a los jugadores

El primer error consiste en tratar el premio de la FIFA como una nómina colectiva. La cantidad corresponde a la federación campeona, que debe cubrir gastos, compromisos internos y las primas acordadas con jugadores y cuerpo técnico.

Según las estimaciones publicadas tras la final, aproximadamente el 45% del premio se destinaría a la plantilla. Eso dejaría una prima bruta cercana a 754.700 euros por jugador, aunque la cifra final dependerá del reparto pactado y del número de beneficiarios.

Por tanto, ni el IRS ni la Agencia Tributaria gravan automáticamente los 50 millones como renta personal de los futbolistas. La obligación individual nace cuando cada jugador recibe su remuneración.

Estados Unidos sí reclama su parte

La regla general estadounidense es clara: los deportistas extranjeros pueden tributar por las rentas generadas mediante actuaciones realizadas en territorio estadounidense. El Mundial se disputó en tres países, pero la final tuvo lugar en East Rutherford, Nueva Jersey, donde España venció a Argentina por 1-0.

Eso permite a Estados Unidos exigir impuestos sobre la parte de la prima atribuible a la actividad desarrollada allí. No obstante, la afirmación de que el IRS se quedará “casi con la mitad” de todo el premio resulta excesiva.

La tributación depende de cómo se califique la renta, de los días trabajados en cada jurisdicción, del convenio entre España y Estados Unidos y de la estructura utilizada por la Federación para pagar las primas. No todo el premio es necesariamente renta estadounidense ni todo queda sometido al tipo máximo federal.

Nueva Jersey añade su propio impuesto

A la carga federal puede sumarse el impuesto estatal. Nueva Jersey grava los ingresos obtenidos dentro de su territorio por contribuyentes no residentes y no está obligado a aplicar los convenios fiscales internacionales suscritos por Washington.

Este es el conocido como “jock tax”, utilizado por numerosos estados para gravar a deportistas visitantes. Nueva Jersey aplica tipos progresivos y puede reclamar la parte de los ingresos vinculada a los encuentros, entrenamientos o actividades celebrados en el estado.

Sin embargo, tampoco aquí se grava necesariamente toda la prima. La Administración debe determinar qué proporción guarda relación con la actividad realizada en Nueva Jersey, frente a los partidos disputados en otros estados, Canadá o México.

Hacienda no cobra dos veces lo mismo

Los jugadores residentes fiscales en España deberán incluir la prima como rendimiento del trabajo en su declaración del IRPF. Los tipos marginales máximos pueden situarse entre aproximadamente el 45% y el 54%, según la comunidad autónoma.

Pero el tipo marginal no equivale al porcentaje efectivo sobre toda la prima. Además, los impuestos satisfechos en Estados Unidos pueden dar derecho a una deducción por doble imposición internacional, dentro de los límites establecidos por la normativa española.

La consecuencia es decisiva: Hacienda no aplica sin más un 54% sobre lo que queda después del IRS. Calcula la cuota española y descuenta, cuando procede, parte del impuesto extranjero ya pagado. El resultado dependerá de la residencia de cada futbolista, sus demás ingresos y la correcta acreditación de la retención estadounidense.

Madrid, Cataluña y los jugadores extranjeros

Las diferencias territoriales sí pueden ser relevantes. Un residente en Madrid puede afrontar un tipo marginal inferior al de un contribuyente en Cataluña, mientras País Vasco y Navarra aplican sistemas forales propios.

Cinco Días estimó que una prima de 754.701 euros dejaría alrededor de 414.000 euros netos a un residente en Madrid y unos 376.000 euros a un contribuyente en Cataluña, antes de ajustar con precisión los impuestos abonados fuera de España.

Los jugadores residentes en Reino Unido, Francia, Alemania u otros países no tributarán por esa renta en España como residentes. Cada uno quedará sujeto a las normas del territorio donde tenga fijada su residencia fiscal.

El precedente de Sudáfrica

La experiencia del Mundial de 2010 ya mostró esta lógica. Sudáfrica practicó retenciones sobre las primas generadas en su territorio y España exigió posteriormente el IRPF correspondiente, permitiendo descontar el impuesto pagado en el extranjero dentro de los límites legales.

El sistema no elimina la carga fiscal, pero sí evita que una misma renta soporte dos tributaciones completas. El verdadero debate no está en si los campeones pagan impuestos, sino en cómo se reparte la potestad tributaria entre los países implicados.

España levanta la copa y la Federación recibe un premio récord. El fisco también participa, pero no como campeón oculto que se apropia de casi todo. La factura será elevada para los futbolistas, aunque muy inferior a la suma simplista de un 50% estadounidense y otro 54% español.