BBVA niega responsabilidad penal tras el aval de la Audiencia Nacional al caso Villarejo
BBVA, su expresidente Francisco González y otros nueve exaltos cargos del banco se sentarán en el banquillo por la contratación del excomisario José Manuel Villarejo para realizar encargos presuntamente ilegales entre 2004 y 2016. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado los recursos presentados contra el auto de pase a procedimiento abreviado en la pieza n.º 9 del denominado caso Tándem.
La Audiencia Nacional avala el procedimiento abreviado en el caso Tándem
Con fecha 20 de febrero de 2026, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado íntegramente los 11 recursos de apelación presentados contra el auto de pase a procedimiento abreviado dictado en el marco de la pieza separada nº9 del caso Tándem.
Este procedimiento investiga la contratación por parte de BBVA de la empresa Centro Exclusivo de Negocios y Transacciones, S.L. (Cenyt), vinculada al excomisario José Manuel Villarejo, para realizar distintos encargos presuntamente ilegales entre los años 2004 y 2016.
La investigación judicial sobre las actividades de Cenyt fue iniciada en diciembre de 2018, mientras que la fase de instrucción finalizó el 29 de enero de 2024. Posteriormente, el 20 de junio de 2024, el juez instructor acordó la apertura de procedimiento abreviado contra el banco, así como contra determinados empleados, antiguos consejeros y directivos de la entidad.
Indicios de cohecho y revelación de secretos
La Sala de lo Penal considera que existen suficientes indicios para que BBVA, como persona jurídica, su expresidente Francisco González y otros nueve exaltos cargos del banco puedan ser juzgados por los presuntos delitos de cohecho y descubrimiento y revelación de secretos.
Los magistrados han rechazado todos los recursos presentados por los acusados y señalan que "no es creíble" el desconocimiento alegado por la entidad respecto a los encargos realizados al excomisario José Manuel Villarejo durante el periodo investigado.
Asimismo, los jueces cuestionan la eficacia del sistema interno de prevención de delitos de BBVA, al considerar que dejaba fuera de cualquier normativa de control a la presidencia ejecutiva y a la alta dirección.
El auto recoge que el modelo de organización y gestión para prevenir delitos podría no haber sido eficaz, al existir un grupo de personas que podían actuar sin control dentro de la organización.
El papel del expresidente Francisco González
En relación con el expresidente de BBVA, la Sala de lo Penal, en línea con el criterio del magistrado instructor Manuel García Castellón, señala que algunos de los contratos con Cenyt investigados fueron ordenados por el entonces presidente del banco.
Según el auto, existen indicios de que el expresidente sabía que la información obtenida por Cenyt podría haberse conseguido sin respetar la legalidad, sirviéndose presuntamente de funcionarios policiales para acceder a datos de carácter íntimo y personal sin autorización judicial.
BBVA mantiene su colaboración con la Justicia
La decisión de la Sala no altera la situación procesal de la entidad, que se mantiene como parte investigada en el procedimiento hasta que el juez dicte, en su caso, auto de apertura de juicio oral.
Desde BBVA subrayan que su prioridad siempre ha sido la plena colaboración con la Justicia en el esclarecimiento de los hechos y reiteran que, a su juicio, de los hechos investigados no se deriva responsabilidad penal para la entidad.
Asimismo, la entidad ha señalado que seguirá actuando con total determinación y diligencia bajo el liderazgo del Consejo de Administración, cuyos actuales miembros no tienen conexión alguna con los hechos investigados.
El caso permanece judicializado desde 2019 y será en la eventual fase de juicio oral donde se valoren de forma conjunta los indicios existentes respecto a la contratación de Cenyt y su posible impacto en los derechos fundamentales de las personas investigadas.
La apertura del procedimiento abreviado supone un paso previo a la eventual celebración del juicio, en el que se determinará si concurren los elementos necesarios para establecer responsabilidades penales tanto para las personas físicas investigadas como para la propia entidad en su condición de persona jurídica.