Los límites del algoritmo bajo escrutinio jurídico

Un tribunal holandés obliga a Meta a reformar sus cronologías de app

Un tribunal holandés obliga a Meta a reformar sus cronologías de app - EPA/CRISTOBAL HERRERA-ULASHKEVICH

Un juzgado de Ámsterdam dictaminó que Facebook e Instagram, de Meta, vulneran el Reglamento de Servicios Digitales de la Unión Europea al obligar a los usuarios a regresar cada vez al modelo de cronología basada en algoritmo. La empresa tiene dos semanas para ofrecer una opción persistente libre de perfilado o arriesgarse a sanciones diarias de hasta 100.000 €.

En un paso significativo hacia la regulación efectiva de las grandes plataformas digitales en Europa, un tribunal de los Países Bajos falló a favor de la organización de derechos digitales Bits of Freedom, al considerar que las cronologías usadas por Meta en Facebook e Instagram infringen el Reglamento de Servicios Digitales (DSA). Según la decisión, la práctica de revertir automáticamente la vista del usuario al algoritmo personalizado —cada vez que se cierra la aplicación o se navega fuera de ella— constituye un “patrón oscuro” prohibido y limita la autonomía informativa del usuario.

El tribunal dictó que Meta debe ofrecer una opción clara y sencilla para que los usuarios seleccionen una cronología no perfilada (orden cronológico puro), opción que debe mantenerse activa aunque la app se cierre o el usuario se desplace por las diferentes secciones. En otras palabras, esa preferencia no puede “resetearse” automáticamente. Meta deberá introducir estas modificaciones en el mercado neerlandés en un plazo máximo de dos semanas. De no cumplir, enfrentará multas de hasta 100.000 €/día, con un tope de 5 millones de euros.

La demanda de Bits of Freedom arrancó meses atrás en vista de las elecciones generales neerlandesas que se celebrarán el 29 de octubre. La organización denunciaba que Meta obliga al usuario a emplear por defecto cronologías personalizadas basadas en datos, ocultando la alternativa cronológica y restableciéndola “a la fuerza” en cada reinicio. Estos diseños —argumentan— favorecen el engagement y la publicidad, en detrimento del control real del usuario sobre su experiencia.

La sentencia ha sido recibida con interés, pues se trata del primer fallo de esta naturaleza bajo la DSA que impone obligaciones de diseño más allá de meras advertencias regulatorias. Mientras Meta indica que recurrirá la decisión, la corte sostiene que el derecho europeo ampara que los usuarios tengan una alternativa permanente y accesible frente a algoritmos opacos.

Este caso encaja en un contexto más amplio de aplicación de la DSA y la presión regulatoria europea sobre gigantes digitales. La Comisión Europea ha asegurado su firme compromiso con la plena implementación del DSA, lo cual incluye supervisión activa de plataformas como Meta, incluso mediante posibles sanciones o requerimientos de cambios estructurales. 

Para las empresas tecnológicas y de publicidad digital, esta decisión marca un antes y un después: obliga a revisar cómo se diseñan las interfaces, cómo se ofrecen opciones de personalización, y cómo se cumplen los principios de transparencia, elección y control del usuario. Las “preferencias persistentes” (que sobrevivan sesiones) podrían transformarse en una exigencia mínima para operar legalmente en el mercado europeo.

De esta forma se refuerza la idea de que la regulación digital en Europa no será solo discursiva: los tribunales están dispuestos a exigir cumplimiento real de derechos digitales. Y para Meta, la advertencia es clara: los diseños opacos que favorecen la monetización podrían resultar legalmente insostenibles bajo la ley europea.