Canal de Isabel II y sus trabajadores alcanzan un acuerdo de armonización salarial en su nuevo convenio

La Asamblea de Trabajadores ha refrendado la propuesta con un 83% de los votos

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

El comité de empresa y la dirección del Canal de Isabel II han alcanzado un acuerdo sobre los términos económicos que regirán el II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, gracias al cual se procederá a la armonización salarial de los casi 3.000 empleados que integran la plantilla de la empresa pública.

Este acuerdo, que ha sido aprobado en Asamblea de Trabajadores con un 83% de votos a favor, es fruto de varios meses de negociaciones y atiende al compromiso por la dirección de la compañía de armonizar progresivamente las retribuciones de todos los trabajadores, ha informado el ente público en una nota de prensa.

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Después del resultado de la votación, se procederá a la firma del acuerdo económico entre el comité de empresa y la dirección. Tras su transformación en 2012 en sociedad anónima, Canal de Isabel II carecía de un convenio propio de empresa y se regulaba a través del Convenio sectorial.

En 2017 entró en vigor el I Convenio Colectivo de la compañía que, si bien mejoraba sustancialmente las retribuciones de los empleados incorporados a la empresa con posterioridad a su conversión en sociedad anónima, mantenía unas diferencias retributivas entre puestos del mismo nivel.

Este convenio, prorrogado desde el 1 de enero de 2020, sigue aún en vigor mientras se negocian los términos concretos del II Convenio. Así, con este acuerdo económico, con retroactividad desde el 1 de enero de 2021, los trabajadores incorporados a Canal desde julio de 2012 se irán armonizando progresivamente.

NUEVO CONCEPTO RETRIBUTIVO Y REACTIVACIÓN DEL PLAN DE PENSIONES

Además, se incorpora un nuevo concepto retributivo variable en función del desempeño, se recupera el complemento por jornada partida y se incluyen aspectos relacionados con la reclasificación de ciertos niveles profesionales.

El acuerdo incluye también la reactivación del plan de pensiones para todos los trabajadores de la empresa: la empresa no realizará aportaciones al fondo de capitalización, que, en todo caso, podrán ser voluntarias por parte de los trabajadores, pero sí lo hará para asegurar las contingencias de riesgo de incapacidad permanente y fallecimiento.

La mesa negociadora del II Convenio Colectivo continuará negociando el texto completo del futuro convenio, y los acuerdos económicos adoptados se incorporarán al mismo. Una vez finalicen las negociaciones, el texto deberá ser aprobado y ratificado por el consejo de administración, previo informe favorable de la Comunidad de Madrid y a continuación, se presentará ante la Autoridad Laboral para su registro y publicación en el BOE.

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