CSIF reclama al Gobierno que apruebe ya el decreto del teletrabajo en la Administración

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

CSIF ha reclamado este miércoles al Gobierno que apruebe ya el decreto de desarrollo del teletrabajo en la Administración General del Estado (AGE) a fin de que pueda servir de referencia para el resto de administraciones.

El sindicato ha denunciado que la AGE se encuentra “en una situación de discriminación” respecto al sector privado en lo que se refiere al derecho al teletrabajo.

A finales de abril del año pasado, Gobierno y sindicatos de la Función Pública firmaron un acuerdo para que los empleados públicos de la AGE pudieran teletrabajar tres días a la semana de manera telemática y dos en modo presencial.

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Este acuerdo aún no se ha traducido a una norma y, de momento, desde el pasado 1 de octubre, está vigente una resolución que establece que el teletrabajo en la Administración General del Estado sólo puede llevarse a cabo como máximo a un día a la semana (un 20% de la jornada), con determinadas excepciones.

No obstante, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ya está trabajando en el texto normativo que regulará el teletrabajo en la AGE y lo ha sometido ya al trámite de audiencia pública. Se esperaba que pudiera que estar aprobado en diciembre para su entrada en vigor el 1 de enero, pero de momento aún no se ha llevado al Consejo de Ministros.

Fue la propia ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, quien el pasado noviembre, durante una comparecencia ante la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso, afirmó que su Departamento estaba trabajando en la elaboración del Real Decreto de regulación del teletrabajo con el objetivo de que estuviera aprobado en diciembre de 2021 para su entrada en vigor el 1 de enero de 2022.

El proyecto normativo, al que ha tenido acceso Europa Press, parte de la premisa de que la forma ordinaria de prestación del servicio en la Administración General del Estado y sus organismos públicos es la presencial.

El teletrabajo se configura así como una forma de organización del trabajo, que no constituye un derecho del funcionario, y su autorización, modificación, suspensión o revocación se supeditarán a las necesidades organizativas y del servicio.

Esta modalidad, señala el proyecto, deberá contribuir a una mejor ordenación del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento, la reducción de costes, la atención a necesidades organizativas de los departamentos ministeriales y los organismos públicos, así como a favorecer la residencia personal de empleados públicos en zonas en declive demográfico.

De este modo, el Gobierno establece que la prestación de servicios mediante teletrabajo habrá de ser expresamente autorizada, y tendrá carácter voluntario y reversible, salvo en situaciones extraordinarias o excepcionales de fuerza mayor que lo requieran, en las que podrá tener “carácter forzoso” y extenderse a la totalidad de la jornada.

El proyecto regulará dos modalidades de teletrabajo, la general y la excepcional. La modalidad general consistirá en tres días a la semana de trabajo a distancia y dos de carácter presencial, tal y como se pactó con los sindicatos.

Por su parte, la modalidad excepcional establecerá una prestación de servicios presenciales de al menos el 10%, y estará dirigida a atender circunstancias organizativas especiales, manteniendo la residencia en zonas en declive demográfica, así como a favorecer la prestación de servicios en ámbitos geográficos, unidades orgánicas o puestos de difícil cobertura.

En cuanto a la jornada, ésta será la que corresponda a cada empleado público de acuerdo con el calendario laboral, sin que pueda fraccionarse la jornada diaria para la prestación de servicios de forma presencial y mediante teletrabajo.

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