El Congreso endurece la fiscalidad de socimis y los requisitos para las sicavs en la nueva ley antifraude

La Cámara acepta las enmiendas del PSOE, incluida su propuesta para salvar las inspecciones sorpresa de la Agencia Tributaria

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

La ponencia encargada por la Comisión de Hacienda para tramitar el proyecto de ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude ha celebrado este martes su primera reunión, aprobando la inclusión de las enmiendas del PSOE para obligar a tributar a las socimis el 15% de sus beneficios no distribuidos y a endurecer las condiciones de inversión en las sicavs para poder beneficiarse de una tributación del 1%. Eso sí, se contempla una ‘pasarela’ para inversores de sociedades disueltas libre de impuestos.

Los cambios realizados también recogen la propuesta del PSOE dirigida a amparar las inspecciones sorpresa por parte de la Agencia Tributaria, cuestionadas recientemente en los tribunales, y que así pueda personarse sin comunicación previa en los domicilios o una empresa.

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Todo ello en una reunión en la que, según han informado a Europa Press fuentes parlamentarias, se ha aprobado también dar carpetazo a la ponencia y llevar la iniciativa directamente a Comisión, para someter allí a votación el resto de enmiendas que quedan ‘vivas’, pero también la propia ley.

SE APROBARÁ LA PRÓXIMA SEMANA

De esta manera, al contar con competencia legislativa plena, la Comisión de Hacienda podrá aprobar y remitir al Senado la nueva ley antifraude. La previsión de las formaciones que sustentan al Gobierno es que la Comisión tenga lugar el próximo martes 25.

Hasta el momento, las formaciones de Gobierno únicamente han aceptado las enmiendas registradas por el PSOE –Unidas Podemos rechazó firmar las propuestas, pese a haber acordado algunas de ellas, por negarse a Hacienda a valorar sus aportaciones–, salvo una del PP para una modificación puntual del Impuesto sobre Patrimonio.

A las sicav, concretamente, la nueva ley fijará requisitos de inversión mínima de 2.500 euros, o 12.500 euros en el caso de una sicav por compartimentos, para contabilizarlas dentro del mínimo de cien participantes necesario para tributar al 1% en el Impuesto sobre Sociedades.

UN RÉGIMEN TRANSITORIO A INVERSORES LIBRE DE IMPUESTOS

Para aquellas sociedades que se disuelvan como consecuencia de esta regulación, se plantea un régimen transitorio de seis meses exento de impuestos, incluida la ‘Tasa Tobin’, condicionado a la reinversión en otros instrumentos.

En el caso de las ‘socimis’, una enmienda incluida establece la tributación al 15% de sus beneficios no distribuidos. Este gravamen especial se aplicará sobre la parte de los beneficios no distribuidos que proceda de rentas que no hayan tributado al tipo general del Impuesto de Sociedades que estén en plazo legal de reinversión y se adecúan las obligaciones de suministro de información a la nueva tributación.

Para las desgravaciones en el Impuesto sobre Sociedades a productores cinematográficas, se exigirán una serie de certificados y se solicita la incorporación en los créditos de los lugares específicos, así como la autorización de uso del título de la obra y del material gráfico y audiovisual sobre el rodaje para la promoción en España y en el extranjero con fines culturales y turísticos.

DESGRAVACIONES EN EL CINE A CAMBIO DE MATERIAL PARA PROMOCIÓN

No obstante, estos requisitos no serán exigibles a producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos ni otras obras cuyos contratos para la ejecución de la producción se hubiera firmado antes de la entrada en vigor.

En lo que respecta al catastro, el PSOE modifica la regulación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de cara a la valoración que deba realizar la Dirección General del Catastro cuando la Agencia Tributaria solicite su participación ante alegaciones del contribuyente o reclamaciones.

Concretamente, se busca que en sus informes el valor de referencia ratificado o corregido esté motivado mediante la resolución que traiga causa, así como sus módulos de valor medio, factores de minoración y el resto de elementos.

INSPECCIONES SORPRESA DE HACIENDA

Otra enmienda aprobada desarrolla el artículo de la Ley General Tributaria dedicado a las autorizaciones judiciales para la entrada en el domicilio de los contribuyentes, para establecer que esta solicitud “deberá estar debidamente justificada y motivar la finalidad, necesidad y proporcionalidad de dicha entrada”.

Tanto la solicitud como la concesión de la autorización judicial, prosigue la enmienda, podrán practicarse antes del inicio formal del correspondiente procedimiento “siempre que el acuerdo de entrada contenga la identificación del obligado tributario, los conceptos y períodos que van a ser objeto de comprobación y se aporten al órgano judicial”. Asimismo, la solicitud de autorización judicial, necesaria salvo que hubiera consentimiento del contribuyente, deberá incluir el acuerdo de entrada de la autoridad administrativa correspondiente.

Para el PSOE, estas modificaciones no alteran las garantías de control judicial ni la exigencia de que toda solicitud de autorización judicial deba aportar indicios de supuestos ilícitos, sino que se habilita a que la entrada pueda realizarse tanto durante una inspección como simultáneamente a la notificación del acto iniciador de dichos procedimientos.

LAS DESGRAVACIONES POR ALQUILER, ANTES DE UNA COMPROBACIÓN

Otras propuestas aceptadas pasan por impedir las desgravaciones por el alquiler de una vivienda durante un procedimiento de comprobación, adaptar el régimen fiscal del Instituto Catalán de Finanzas al aplicado al Instituto de Crédito Oficial (ICO) o limitar la suspensión de los plazos de prescripción de los procedimientos tributarios aprobada por la pandemia de Covid-19. La suspensión de estos plazos se limitarán a aquellos que, sin tener en cuenta suspensión, concluyan antes del 1 de julio de 2021.

También hay cambios en la regulación de las limitaciones al pago de efectivo, suprimiendo la posibilidad de pagos en efectivo de hasta 2.500 euros para personas físicas que no actúen en calidad de empresario o profesional. Estos pagos en efectivo estarán limitados también a 1.000 euros.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN AL INICIAR EL PROCEDIMIENTO

Respecto a los cambios en el procedimiento sancionador en las limitaciones del pago en efectivo, el PSOE prevé que el órgano encargado de instruir el procedimiento pueda incorporar desde el principio una propuesta de resolución, al igual que ocurre en el ámbito tributario.

Cuando un instructor disponga de elementos para formular una propuesta de resolución al iniciar un procedimiento de sanción, esta propuesta pueda incorporarse al acuerdo de inicio. Actualmente, señala, la configuración del procedimiento complica incorporar esta propuesta al acuerdo de inicio, ya que este inicio es competencia de un órgano (Inspector jefe o Jefe de Dependencia) y la instrucción de otro (instructor nombrado por Inspector jefe o Jefe de Dependencia).

UN RETOQUE EN EL IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO A PROPUESTA DEL PP

Las formaciones de Gobierno únicamente han aceptado una enmienda que no fuera del PSOE. Concretamente, una del PP para modificar la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio dirigida a equiparar el tratamiento fiscal de los residentes con los no residentes en los mismos términos que ya contempla el proyecto para el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La modificación contemplada hasta ahora en el texto del Gobierno se deriva de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por diferencias en el trato fiscal de donaciones y sucesiones entre residentes y no residentes del espacio comunitario.

Con la propuesta, donde se recoge el derecho del contribuyente no residente a la aplicación de la normativa propia donde radique el mayor valor de sus bienes y derechos, el PP planteaba hacer lo mismo para evitar nuevos litigios.

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