El Gobierno transpone dos directivas europeas sobre el IVA de comercio electrónico de ventas internacionales

MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que modifica el reglamento del IVA con el objetivo de finalizar la transposición de dos directivas de la Unión Europea sobre la aplicación de esta figura impositiva en el comercio electrónico y las ventas internacionales.

Las dos normas comunitarias transpuestas regulan el tratamiento del IVA en el comercio electrónico para que tribute en el país de destino cuando los vendedores o prestadores de servicios y los consumidores se encuentran ambos en un país comunitario. Según ha informado el Ejecutivo, los bienes y servicios adquiridos por consumidores finales quedarán sujetos a IVA y este se ingresará en el Estado miembro de llegada en el que reside el consumidor final que adquiera el bien o el servicio, con independencia de donde esté situado el proveedor.

Entre las novedades de estas transposiciones se encuentra una nueva gestión del comercio electrónico en el IVA. De esta forma, se han incluido tres nuevos regímenes especiales de ventanilla única a los que pueden acogerse empresarios y profesionales para la declaración y liquidación del IVA.

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Este proceso permitirá presentar una sola declaración-liquidación del impuesto para todas las operaciones de comercio electrónico realizadas en los distintos Estados miembros de la UE. De este modo, el empresario o profesional podrá ingresar el IVA devengado por todas sus operaciones efectuadas en la UE por cada trimestre o mes natural a las que se aplica el régimen especial.

Con esta transposición, la UE “reducir las cargas administrativas y los costes de gestión del IVA para profesionales y empresarios que realicen ventas transfronterizas y reducir el fraude en el IVA transfronterizo”, según el Gobierno.

Los empresarios y profesionales que se acojan a estos regímenes tendrán que mantener durante 10 años un registro de las operaciones realizadas.

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