Equifax y Experian recurren la Circular del Banco de España que modifica la norma sobre la Central de Riesgos

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

Equifax Ibérica y Experian Bureau de Crédito han interpuesto dos recursos contencioso-administrativos contra la Circular 1/2021, de 28 de enero, del Banco de España que modifica la normativa sobre la Central de Información de Riesgos y sobre tipos oficiales.

Según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), los recursos han sido interpuestos ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y están siendo conocidos por la sección quita de la citada Sala, bajo los números de procedimiento ordinario 1273/2021 (Experian) y 1267/2021 (Equifax).

El secretario general del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez, ha acordado remitir a dicha sección los expedientes administrativos correspondientes a los recursos y ha emplazado a los interesados para que puedan personarse como demandados en un plazo de nueve días.

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La Circular 1/2021, de 28 de enero, del Banco de España, modificó la Circular 1/2013, de 24 de mayo, sobre la Central de Información de Riesgos (CIR), y la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos para incorporar las novedades normativas que introdujo la orden ETD/699/2020 de regulación del crédito revolvente, que afectan tanto a la CIR como a los tipos de interés oficiales de referencia.

La nueva norma amplió el perímetro de las entidades declarantes a la CIR, que ahora incluye a las entidades de pago y a las entidades de dinero electrónico, así como la información que se retorna a las entidades, e incorporó en el marco de reporte a la CIR la nueva información sobre las operaciones con moratorias y avales, solicitada a las entidades declarantes como consecuencia de la crisis provocada por el Covid-19.

En cuanto a la normativa sobre los tipos de interés oficiales, la circular aumentó las alternativas de tipos de que disponen las entidades, tanto para utilizarlos en la concesión de préstamos como para incluirlos como sustitutivos en dichos contratos.

Para ello, revisó la relación de tipos de interés que tienen la consideración de tipos oficiales de referencia, añadiendo cuatro índices basados en diferentes plazos del Euríbor (a una semana, a un mes, a tres meses y a seis meses), otro basado en el Euro short-term rate (€STR), y suprimió el míbor de la relación de tipos de interés oficiales.

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