ESMA retrasa hasta octubre de 2022 el requisito de identificación LEI en emisores de terceros países

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha retrasado nuevamente el plazo, hasta el 10 de octubre de 2022, para el cumplimiento de la notificación del código LEI (Identificador de Entidad Jurídica) en el caso de emisores de terceros países.

ESMA y las autoridades nacionales competentes seguirán monitorizando la cumplimentación del LEI con el fin de analizar su evolución.

La anterior nota sobre el LEI, publicada el 6 de enero de 2020, permitía que durante un período de hasta 12 meses a partir de la entrada en vigor de los requisitos de información de SFTR se aceptaran las notificaciones de operaciones de financiación de valores sin el código LEI.

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Esta excepción solo se aplicaba en los emisores de terceros países si estos emisores no disponían de él, para los valores que se prestaran, tomaran prestados o aportaran como garantía dentro de estas operaciones de financiación de valores.

La relajación de las normas de validación solo aplicaba así al código LEI de emisores de terceros países. No afectaba en modo alguno al carácter obligatorio de la notificación de este código en todos los demás casos.

El Identificador de Entidad Jurídica (LEI, por sus siglas en inglés) es un código global y único basado en el estándar ISO 17442 que se utiliza para identificar a las personas jurídicas que son parte en las transacciones financieras y para cumplir con los requisitos de información exigidos en los mercados financieros.

De acuerdo con la normativa europea, el código LEI debe ser empleado para identificar a las partes contratantes en las transacciones financieras en todo el mundo y facilitar a los reguladores la identificación de los posibles riesgos sistémicos en las primeras fases. El objetivo final del LEI es mejorar la gestión de los riesgos financieros.

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