Juez ve delito en el incendio forestal en Cabo de Gata (Almería) en 2017 y procesa a Endesa y a Eiffage

ALMERÍA, 27 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de Instrucción 1 de Almería ha acordado procesar a cuatro personas, así como a Endesa y a la subcontrata de mantenimiento Eiffage Energía por el incendio forestal que, en 2017, calcinó más de 85,5 hectáreas en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar puso en riesgo la vida del vecino de una cortijada próxima que se vio obligado a meterse en una alberca para escapar de las llamas.

El auto, de 25 de julio y al que ha tenido acceso Europa Press, indica que, de la investigación realizada, se desprende que el fuego se debió a la “falta de mantenimiento de la línea” eléctrica de alta tensión que discurre por el paraje Los Herederos-Pozo de los Frailes, en Níjar, y que hubo un “incumplimiento de las medidas de prevención legalmente establecidas”.

La jueza instructora María Belén López considera que los hechos podría ser constitutivos de un delito de incendio forestal por imprudencia del artículo 358 del Código Penal, en relación con los artículos 352 y 352, ya que las llamas afectaron a un espacio protegido, a zonas habitadas y puso en riesgo la integridad física de las personas.

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Atribuye su presunta comisión como personas físicas al responsable de la red de distribución de Endesa Distribución Eléctrica, al representante legal de la subcontrata, así como al jefe de obra y al operario con funciones de revisión de la línea de alta tensión.

La resolución judicial, que da diez a Ministerio fiscal para que formule acusación o solicite el sobreseimiento, procesa, asimismo, a la compañía eléctrica y Eiffage Energía por su presunta responsabilidad en el incendio forestal cuyos costes de extinción para la Junta de Andalucía, a través del Plan Infoca, ascendieron a 37.450,57 euros.

Según recoge, en el momento del incendio forestal que se registro el 28 de junio de 2017 se estaban desarrollando labores de reparación y de mantenimiento de la línea eléctrica.

Concreta el auto que el fuego tuvo dos focos distintos en el terreno por el que discurría la línea y su proximidad a un cortijo que se quemó obligó a que su morador tuviese que “sumergirse en una balsa que tenía en su propiedad”, pese a lo que tuvo que ser atendido por equipos médicos debido a la inhalación de humo.

El informe pericial de la Asociación de Peritos Tasadores Judiciales de Andalucía aportado a la causa concluye que “algunos” de los aisladores de vidrio de la línea eléctrica remitidos como prueba por el juzgado presentaban “defectos muy graves”.

Añadía que el perno del aislador “está deteriorado”, disminuyendo su grosor y avisaba de que podía suponer “un peligro inmediato” para la “seguridad” de las “personas, de los bienes y del medio ambiente” si se “rompían y se reducían las distancias de seguridad entre cables, apoyos, edificaciones o el terreno”.

El informe recogía fotografías de los aisladores de vidrio recogidos por Policía Judicial en el lugar de inicio del incendio y en las que, según remarca, “se aprecia la ausencia de material en el perno”.

El Juzgado de Instrucción 1 de Almería ofició este informe con el objeto de determinar si los aisladores presentaban un deterioro que pudiera ser considerado un defecto grave o muy grave y, si ese estado hubiera podido ser el “causante” del incendio forestal.

El procedimiento penal fue archivado provisionalmente si bien la jueza acordó reabrirlo en noviembre de 2018 tras las diligencias ampliatorias remitidas al juzgado por el Servicio de Protección a la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil en las que se señalaba que las causas del incendio estaban en una supuesta “negligencia” en la “conservación, mantenimiento, deberes de supervisión, vigilancia y control” de la línea eléctrica de alta tensión.

INFORME PERICIAL DE GUARDIA CIVIL

La Guardia Civil se remitía en su atestado al informe técnico-pericial emitido por el Infoca, que cuantifica los gastos generados por el dispositivo de extinción en 37.450,57 euros, y al informe emitido por el asesor técnico de la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

El primer informe remarcó que la causa es una “negligencia” por falta de mantenimiento de la línea y por “no cumplir las medidas preventivas de lucha contra incendios forestales”, en este último caso por el segundo foco de llamas. Concretó, así, en el aislador de un apoyo partido y en un cable caído al suelo como origen del fuego que tuvo dos focos y detalla los vestigios recogidos.

“En la revisión periódica de la línea no se ha detectado el estado de deterioro de los aisladores de vidrio pese a tratarse de una zona calificada como de alta contaminación salina, además de estar situada en parque natural con las consecuencias que una avería de este tipo puede tener, ni se ha intervenido preventivamente a efectos de evitar roturas que deriven en accidentes”, reprochó.

El Infoca precisó que el primero de los incendios tuvo origen “por contacto entre las líneas eléctricas, provocando chispa que prende la vegetación”, a lo que contribuyó “el fuerte temporal de viento”, mientras que en el segundo, que se produjo tras reparar el tramo que provoca el anterior incendio, hubo “rotura del cable eléctrico que cae sobre la vegetación y origina el incendio”. “Más negligente aún porque se produce justo en el tramo que se había dejado de reparar y contiguo al primero”, añadió.

Relató, asimismo, que los vecinos de El Pozo de los Frailes sufrieron cortes de luz en sus viviendas, que se puso “en riesgo la vida de una persona que se salvó al meterse en una pequeña balsa con poco agua” tras quedar su cortijo arrasado y que se produjeron desperfectos en la fachada de un segundo inmueble.

AFECCIÓN A ZONAS DE ESPECIAL PROTECCIÓN DE CABO DE GATA

En su informe, la Delegación Territorial de Medio Ambiente indicó, con datos aportados por la Dirección Conservadora del parque natural de Cabo de Gata-Níjar que, de la superficie afectada, 15,1 hectáreas se sitúan en zona A1 o de especial protección.

Mientras, un 25,18 y un 43,51 hectáreas están en zonas B1 de interés general y B2 seminaturales con usos tradicionales, respectivamente.

Por último, concluyó que existe “responsabilidad” de la empresa propietaria de la línea y subraya que, tras producirse la avería, la empresa contratista “sustituyó todos los aisladores que sujetan el vano caído”.

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