La AIReF convoca la edición 2022-2023 de sus becas para el fomento de la formación e investigación

MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ha aprobado una Resolución por la que se convoca la edición 2022-2023 de las ayudas a universidades y otros centros académicos para el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal, así como en el ámbito de la evaluación del gasto público.

La Resolución se ha publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), recoge la convocatoria de este programa de ayudas para Universidades y otros Centros, que se destinarán finalmente a becas para estudiantes en prácticas y cuya cuantía total asciende a un máximo de 160.000 euros.

Esta es la octava convocatoria del programa de ayudas que promueve la AIReF, que hasta la fecha, han disfrutado alrededor de 70 estudiantes.

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Las becas de los estudiantes tendrán una duración de doce meses y serán financiadas con cargo a los presupuestos de la AIReF. Su concesión, en régimen de concurrencia competitiva, se articulará a través de convenios con las Universidades y Centros seleccionados.

Existen dos programas de becas. El primero, de Formación, cuya labor formativa estará relacionada con el trabajo desarrollado por las diferentes Divisiones de la AIReF, que contará con una dotación de 1.150 euros al mes por alumno.

En segundo, es un programa de investigación, con un contenido notablemente académico y vinculado a proyectos específicos y con una dotación de 1.500 euros al mes por alumno.

Podrán ser beneficiarios las entidades y los alumnos becarios que reúnan los requisitos referidos en la Base 2 de la Resolución de 2/2022, de la Presidencia de la AIReF y las solicitudes para la convocatoria 2022-2023 podrán presentarse de forma telemática en la sede electrónica de la AIReF, presencialmente en las oficinas de la AIReF o según lo previsto en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de esta convocatoria.

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