Las reclamaciones por revolving se triplicaron tras la sentencia del Supremo, según Sanahuja Miranda

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

Las reclamaciones por tarjetas revolving se triplicaron en España tras la sentencia en la que el Tribunal Supremo consideró nulo el tipo de interés de una tarjeta de este tipo con un TAE inicial del 26,8%.

La abogada del despacho Sanahuja Miranda Estel Romero asegura que el aumento de las denuncias contra las tarjetas revolving “está estrechamente relacionado con la sentencia del Tribunal Supremo” de marzo de 2020.

Según los datos del Banco de España, en 2020 se presentaron 1.869 reclamaciones por revolving, el triple que en 2019, solo por detrás de las referentes a préstamos hipotecarios (2.036) y operaciones fraudulentas con tarjeta (1.942).

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“El problema de base es que muchas de estas tarjetas tienen origen en el momento de la suscripción del contrato, ya que la entidad bancaria o financiera no es transparente y limita u omite información imprescindible para la correcta comprensión del consumidor”, ha señalado la abogada.

Desde Sanahuja Miranda apuntan que, en el caso de que los bancos y empresas que emiten este tipo de tarjetas fueran transparentes acerca de lo que pueden llegar a cobrar y las potenciales deudas, “el número de usuarios sería muchísimo más bajo”.

La declaración de nulidad de un contrato permite al cliente cobrar los intereses y comisiones que ha pagado de más. El despacho recomienda a los afectados por este tipo de tarjetas acudir a un abogado especialista en la materia que le pueda aconsejar y ayudar en la gestión del caso.

El usuario tendrá que recabar el máximo de pruebas posibles, desde el primer contrato firmado con la entidad para la expedición de la tarjeta en cuestión hasta los cuadros de amortización donde se reflejen los movimientos realizados.

“Llegados a este punto, si se considera demostrable la aplicación de un tipo de interés por encima de la media, el siguiente paso es reclamar la nulidad del contrato existente por usura. De salir adelante esta reclamación extrajudicial, para la que las entidades cuentan con dos meses para responder, el usuario podría ver restituidos al 100% los intereses y comisiones generadas durante el tiempo total del crédito”, ha explicado la experta.

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