Cuando Corea regula y Anthropic se autorregula
2026 ha arrancado con fuerza. Esta semana se produjeron dos acontecimientos significativos, dos caras de una misma moneda. El lunes, Corea del Sur activó su nueva Ley de Inteligencia Artificial, la primera regulación integral del continente asiático. Una norma en sentido estricto, aprobada por su Asamblea Nacional, con autoridades designadas, sanciones tipificadas, requisitos de documentación y supervisión humana obligatoria para sistemas de "alto impacto". Y el miércoles, Anthropic publicó la Constitución de Claude: principios éticos, prohibiciones algorítmicas y reflexiones sobre una eventual consciencia de su modelo.
Una representa la regulación democrática. La otra, la autorregulación corporativa.
Lo relevante no es que coexistan ambas. Es que podrían significar exactamente lo contrario en la práctica.
El modelo coreano: regulación con fuerza vinculante
La ley coreana establece un "enfoque basado en riesgo". No lo regula todo, pero donde interviene, lo hace con rigor. Los sistemas de alto impacto, (aquellos empleados en sanidad, energía, decisiones administrativas o evaluación crediticia) requieren ahora supervisión humana significativa, documentación auditable, evaluaciones de impacto y un representante designado que responde ante el Gobierno. Si una empresa extranjera, incluida Anthropic, quiere operar en Corea, debe nombrar un responsable local que asume plena responsabilidad jurídica equivalente a la matriz.
Las sanciones alcanzan los treinta millones de wones (aproximadamente 20.000 euros o 21.000 dólares). No es una cifra exorbitante para una compañía tecnológica, pero sí suficiente para que un consejo de administración en San Francisco tome nota.
¿Quién redactó esta ley? Corea del Sur. ¿Quién determinó qué sectores son de alto impacto? Corea del Sur. ¿Quién ostenta la potestad de auditar y sancionar? Corea del Sur. Es política democrática, con todas sus imperfecciones, porque el poder de decisión reside en instituciones donde los ciudadanos coreanos pueden, al menos teóricamente, ejercer influencia.
La constitución de Anthropic: un ejercicio intelectual sin fuerza ejecutiva
Después llegó Anthropic. Publicaron lo que denominan una "constitución", que contiene los principios rectores de Claude. Un documento estructurado: una jerarquía de valores (seguridad primero, luego ética, después cumplimiento normativo, finalmente utilidad), prohibiciones absolutas sobre ciertos usos y reflexiones sobre qué hacer si Claude alcanzase algún grado de consciencia.
Es, hay que reconocerlo, un trabajo intelectual serio. No es publicidad superficial. Hay filósofos detrás, investigadores que se han planteado con seriedad cómo gobernar responsablemente un sistema de esta complejidad.
Pero aquí está el problema desde una perspectiva jurídica: Anthropic decidió unilateralmente qué valores tiene su sistema. No hubo asamblea nacional, ni proceso consultivo, ni regulador independiente. Una empresa redactó un documento, lo publicó con licencia abierta y nos informó de que "este es nuestro marco ético".
Cuando Anthropic presentó su constitución, empresas, organismos públicos e incluso parlamentos de todo el mundo reaccionaron con un implícito: "De acuerdo, confiamos en que lo gestionaréis responsablemente porque habéis publicado un documento". Mientras tanto, Corea aprobaba una ley que dice: "Confiaremos cuando un regulador lo audite y tengamos capacidad sancionadora si hay incumplimientos".
Buena voluntad frente a rendición de cuentas
Corea necesitó legislar porque sabe que la confianza corporativa no basta. Ha sido testigo de empresas tecnológicas que pidieron confianza y resultaron no merecerla. Por eso legisló, creó una autoridad y estableció mecanismos coercitivos. Porque la democracia, cuando funciona, no se basa exclusivamente en la buena voluntad empresarial.
Anthropic es probablemente una empresa bienintencionada. Creo que Dario Amodei y su equipo quieren hacer las cosas correctamente. Valoro profundamente los esfuerzos de autorregulación ética como el que ha realizado Anthropic: son necesarios, elevan el debate y fijan estándares de buenas prácticas. Pero la buena voluntad empresarial no es un sistema de gobernanza. Es un complemento valioso que, sin embargo, no puede sustituir a la regulación con capacidad sancionadora.
El problema es que ahora tenemos alternativas regulatorias. Están las leyes como la coreana. En Europa, la Ley de Inteligencia Artificial entrará plenamente en vigor en agosto de 2026. Marcos normativos que establecen: este poder, el de decidir cómo se comporta una máquina que influye en empleos, diagnósticos médicos, decisiones crediticias, no puede dejarse al criterio empresarial voluntario.
Sin embargo, Anthropic publicó su constitución precisamente cuando Corea promulgaba su ley. Como si dijera: "Mirad, no necesitáis regulación estatal. Nosotros nos ocupamos. Somos transparentes. Confiad en nosotros".
Es un movimiento de posicionamiento político extremadamente sofisticado. Anthropic no infringe ninguna norma. Está sugiriendo que es mejor que la norma. Que la autorregulación corporativa responsable supera a la regulación democrática.
Puede que técnicamente tenga razón. Pero políticamente tiene un problema.
La pregunta que nadie formula
Porque si Anthropic tiene razón, ¿por qué Corea necesitaba legislar? Si la transparencia corporativa y la autorregulación ética son suficientes, entonces los reguladores mundiales están equivocados. Están regulando cuando deberían confiar. Están legislando cuando deberían permitir que las empresas se autorregulen.
No lo creo. He visto qué ocurre cuando se confía exclusivamente en la buena voluntad empresarial. Al principio funciona. Después algo falla. Alguien en la empresa descubre un incentivo financiero para hacer una excepción. O cambia el liderazgo. O presionan los inversores. O simplemente la compañía crece tanto que los compromisos éticos se diluyen. Y entonces no queda nada, salvo un documento que proclamaba tener principios.
Lo que hace Corea es menos atractivo que lo que hace Anthropic. Es regulación convencional: requisitos documentales, auditorías, sanciones. Nada glamuroso. Pero tiene algo que la constitución de Anthropic no tiene: poder coercitivo. Si Anthropic incumple en Corea, hay consecuencias que van más allá de la mala prensa.
Eso es lo que diferencia el Derecho de las relaciones públicas normativas.
Ética empresarial sí, pero con supervisión experta
Me surgen varias preguntas: ¿Sustituirá la transparencia corporativa a la supervisión democrática? ¿O exigiremos que estos sistemas, demasiado importantes para confiarse solo a compromisos voluntarios, estén sometidos a regulación con capacidad sancionadora real?
Reconozco el valor de iniciativas como la Constitución de Claude. La ética empresarial no solo es deseable, es imprescindible. Estos ejercicios de transparencia elevan los estándares del sector y generan confianza. Pero nada (por bien intencionado que sea), puede sustituir a una regulación técnica, experta e independiente, con mecanismos de supervisión y capacidad sancionadora efectiva.
Porque esa es la verdadera tensión que esta semana ha revelado. No es Corea contra Anthropic. Es regulación democrática frente a autorregulación corporativa. Y tendremos que decidir cómo combinar ambas de manera que la primera establezca el marco y la segunda lo complemente, y no al revés.