Orkestra defiende que las eléctricas no tienen ‘beneficios caídos del cielo’

El Instituto Vasco para la Competitividad recomienda sacar la energía contratada bilateralmente de la formación de precios

SAN SEBASTIÁN, 25 (EUROPA PRESS)

Orkestra-Instituto Vasco para la Competitividad ha defendido que las eléctricas no tienen ‘beneficios caídos del cielo’ en esta situación de subidas de precios, ya que existen mecanismos de supervisión, y ha recomendado “sacar la energía contratada bilateralmente de la formación de precios”.

El Instituto ha publicado un informe en el que analiza las posibles medidas para atenuar el impacto de los precios de la energía tras la invasión de Ucrania, en el que concluye que “no existen ‘windfall profits’ en los mercados”.

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“Esta situación (beneficios extraordinarios y beneficios por debajo de la media o, incluso, pérdidas extraordinarias) ocurre en todos los mercados. Existen mecanismos de supervisión del funcionamiento mercado para evitar comportamientos contrarios a las leyes sobre la competencia”, explica.

Orkestra considera que no cabe hablar de beneficios extraordinarios en un momento determinado o en situaciones concretas de mercado, sino que debe analizarse la inversión realizada y “toda la vida útil de esa inversión”. “Regular los ‘windfall profits’ lleva, necesariamente, a tener que regular también los ‘windfall losses'”, apunta.

En el estudio, señala que, hasta la invasión de Ucrania, los mercados “estaban funcionando correctamente y ofreciendo señales de precio adecuadas”, si bien la nueva situación geopolítica está “alterando la normalidad de estos mercados”.

Además, este Centro de Investigación también analiza las medidas permitidas en la nueva Comunicación de la CE, cuya aplicación ha de estar limitada en el tiempo y no afectar al mecanismo de formación de precios en los mercados.

Así, recomienda una serie de mecanismos para mitigar los efectos de los precios energéticos, entre los que están “sacar la energía contratada bilateralmente del mecanismo de formación de precios spot en el ‘pool’ eléctrico”, y no aplicar ajustes de precios a la energía contratada bilateralmente para “evitar perjudicar a aquellos consumidores que decidieron contratar coberturas”.

En esa línea, aconseja reducir los costes no directamente ligados al suministro de energía de las facturas energéticas, “limitando temporalmente cargos regulados”, lanzar “subastas voluntarias” de productos a plazo para consumidores industriales y comercializadoras independientes, ajustar la retribución de tecnologías con rentabilidades reguladas y “mitigar la volatilidad del precio regulado PVPC”.

Orkestra, asimismo, identifica una serie de medidas que serían “incompatibles” con las recomendaciones de la Comisión, entre las que señala “medidas de intervención de precios o ingresos en los mercados mayorista o minorista de carácter permanente, la regulación directa de los precios en los mercados mayoristas de electricidad y gas natural, y medidas que discriminen entre agentes o entre tecnologías de generación”.

También cita “medidas fiscales que no tengan un carácter general, para todos los agentes que operan en el mercado (exceptuando aquellas dirigidas a los consumidores vulnerables), medidas que pongan en riesgo jurídico los contratos de suministro a plazo firmados libremente entre generadores y comercializadores o entre comercializadores y consumidores, obligaciones de contratación a precios regulados, o medidas unilaterales por parte de Estados miembros que interfieran con el mercado interior de energía, dando lugar a arbitrajes (ineficientes) entre mercados”.

MERCADOS EN ESPAÑA

En cuanto a los mercados en España, identifican una serie de factores regulatorios que afectan a la eficiencia del mercado eléctrico, como son la obligación de que toda la energía generada y consumida tenga que “pasar por el mercado spot” cada día, y las primas a determinadas tecnologías (renovables, cogeneración, residuos), que “cambian los costes relativos de las distintas tecnologías y alteran el mix de generación”.

Asimismo, impuestos y cargos sobre la producción de electricidad, “que elevan los precios de la electricidad en el mercado mayorista y, por tanto, incrementan los costes del suministro eléctrico para los consumidores finales” y la existencia de una tarifa regulada PVPC que “se calcula tomando como referencia el coste horario de la energía en el mercado spot, y que no refleja la totalidad de los costes en los que incurren los Comercializadores de Referencia”.

Finalmente, apunta que los consumidores vulnerables con derecho a bono social “están obligados a contratar esta tarifa volátil para acceder a los descuentos correspondientes”.

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