Sindicatos y patronal firman un nuevo convenio para el sector químico, con un alza del salario del 5% a 2023

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

Los sindicatos UGT y CC.OO. y la patronal Feique han firmado este lunes el XX convenio general de la industria química, que afecta a más de 300.000 empleos directos y reconoce un alza salarial del 5% en tres años.

En concreto, en materia salarial se ha pactado un incremento del 1% para el año 2021; y del 2% para 2022 y 2023, respectivamente, con cláusula de revisión, en un contexto económico difícil, informaron los sindicatos en un comunicado.

En el acto de la firma, el secretario general de UGT FICA, Pedro Hojas, ha destacado “la importancia” de la renovación de un convenio general como el de la industria química, que actúa “como punta de lanza de la negociación colectiva en el país y que ha supuesto un ejemplo de la capacidad de los agentes sociales para sobreponerse al contexto económico más adverso en aras a alcanzar un acuerdo que beneficia a todas las partes”.

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Asimismo, ha considerado que se trata de un convenio de futuro, “que prevé que la economía y la industria española recuperen los niveles anteriores a la pandemia y puedan generar empleo de calidad, además de servir de motor para otros sectores industriales”.

AVANCES CON EL TRABAJO A DISTANCIA.

Además, el nuevo convenio, que afecta a empleados de la industria química, farmacéutica y del caucho y plástico, presenta avances en aspectos como el trabajo a distancia, el registro de jornada, la adaptación a la nueva normativa en materia de igualdad, la desconexión digital, etc.

Asimismo, se consolidan derechos sindicales como las garantías y derechos de los delegados de prevención, se mejoran algunas licencias retribuidas y se da un gran paso en la coordinación de la prevención de riesgos laborales, incluyendo a las empresas instaladas en los parques de proveedores y a los clústeres químicos.

También se incluye el crédito horario para los delegados de prevención e incorpora herramientas y procedimientos para coordinar las actividades preventivas más allá del espacio físico que ocupan las empresas. Excluye, igualmente, a las incapacidades temporales derivadas del Covid-19 del cómputo del absentismo, tras aplicarles una garantía salarial.

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