Categorías: Actualidad

Un juzgado de Santander reconoce el derecho a teletrabajar de una teleoperadora que cambió de CCAA en pandemia

Se trasladó de Cantabria a La Rioja, donde su marido encontró trabajo y su hijo colegio, y la empresa le denegó seguir teletrabajando

SANTANDER, 13 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Social Número 3 de Santander ha reconocido el derecho a teletrabajar de una teleoperadora de la compañía Digitex Informática, con sede en Camargo, que durante la pandemia cambió su residencia de Cantabria a La Rioja, donde su marido encontró trabajo y su hijo colegio.

Según explica la sentencia, remitida por el sindicato USO y consultada por Europa Press, la demandante comenzó a trabajar para esa empresa en agosto de 2006.

Con motivo de la pandemia, la empresa adoptó de “modo excepcional” el teletrabajo, fórmula que la trabajadora adoptó desde noviembre de 2020. En septiembre de 2022 la empresa le comunicó que debía volver a trabajar presencialmente.

Ante este requerimiento, y dado que se había trasladado de lugar de residencia a otra comunidad autónoma, la trabajadora propuso a la compañía continuar teletrabajando pero ésta se lo denegó, al considerar que su petición “no es compatible con las necesidades organizativas y productivas de la empresa”.

Tras ello, la teleoperadora demandó a Digitex, siendo asistida por el sindicato USO y, con la dirección letrada de Ignacio Fernández, acudió a los tribunales “al entender que la ponderación entre el perjuicio ocasionado a la empresa y el beneficio de la trabajadora hacía aconsejable una mediada favorable de conciliación laboral y por tanto de permanencia en modo no presencial, tal y como venía haciendo durante la pandemia”.

Tras el juicio, en el que la empresa no compareció, el magistrado, en su sentencia, contra la que no cabe recurso, manifiesta que “se ha demostrado la necesidad de la trabajadora de teletrabajar, no solo por la ausencia de la empresa, sino porque la actora (la trabajadora) reside en La Rioja, su marido también y el niño lo mismo. Además, la actividad que desempeña la trabajadora permite el teletrabajo”.

La sentencia constata la ausencia de periodo de negociación, preceptivo en este tipo de situaciones, ya que la empresa se limitó a denegar la solicitud de permanencia en modo no presencial.

Agencias

Entradas recientes

ÚLTIMA HORA | La “peligrosa escalda” de enviar tropas a Ucrania: Reino Unido advierte a Macron

ÚLTIMA HORA | La "peligrosa escalda" de enviar tropas a Ucrania: Reino Unido advierte a…

4 de mayo de 2024

ÚLTIMA HORA | Letonia comienza a cavar franjas defensivas cerca de la frontera con Rusia

ÚLTIMA HORA | Letonia comienza a cavar franjas defensivas cerca de la frontera con Rusia…

4 de mayo de 2024

Ferrovial prevé debutar en el Nasdaq el 9 de mayo tras acabar el proceso de revisión regulatoria

MADRID, 3 (EUROPA PRESS) Ferrovial ha concluido este viernes el proceso de revisión regulatoria en…

3 de mayo de 2024

TODO ES GEOPOLÍTICA: Reino Unido y Francia desafían a Rusia, Biden acorralado y tensión en Níger

TODO ES GEOPOLÍTICA: Reino Unido y Francia desafían a Rusia, Biden acorralado y tensión en…

3 de mayo de 2024

La CNMC advierte del riesgo para los ratios de Exolum de su operación para entrar en Estados Unidos

MADRID, 3 (EUROPA PRESS) La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha…

3 de mayo de 2024

BBVA repunta hoy un 0,6% en Bolsa y Sabadell sube un 1,3%

BBVA pierde en la semana un 10% de su valor, mientras que Sabadell se dispara…

3 de mayo de 2024