Vivienda

Una inmobiliaria exige 6.000 euros a una pareja por "visitar" un piso

Vitapiso

Una inmobiliaria ha dejado en shock a todos al exigir 6.000 euros a una pareja solo por visitar un piso ¿es legal esta práctica o una estafa? descubre todos los detalles aquí

El Tribunal de Instancia de Alcorcón ha dado la razón a una pareja frente a la inmobiliaria Vitapiso Servicios Inmobiliarios, que les reclamaba más de 6.000 euros en concepto de honorarios por una vivienda que finalmente nunca llegaron a comprar. La magistrada María del Mar Tomás Corpa, de la Sección Civil e Instrucción, ha desestimado íntegramente la demanda y condenado a la empresa al pago de las costas judiciales.

Una visita que terminó en los tribunales

Los hechos se remontan a 2017, cuando Carmen y Julio (nombres ficticios) contactaron con la inmobiliaria para visitar una vivienda anunciada en el portal Idealista. Tras la visita, realizada el 7 de abril de 2017, la pareja presentó una oferta formal de compra y firmó una hoja de encargo con la agencia, en la que se comprometían a pagar una comisión del 3% del precio del inmueble si finalmente adquirían la vivienda dentro del año siguiente a la visita.

Sin embargo, la operación nunca se concretó. La oferta no fue aceptada por los vendedores, que terminaron vendiendo el piso a otros compradores. Pese a ello, Vitapiso reclamó a la pareja 6.534 euros (IVA incluido), alegando que habían cumplido con su labor de intermediación y que la falta de cierre no era imputable a la agencia.

El juez rechaza la reclamación de la agencia

La magistrada ha sido tajante: no procede el cobro de honorarios si no se cumple la condición de compra establecida en el contrato. “El documento condiciona el devengo de los honorarios del actor a que se llegase a adquirir el inmueble durante el periodo de un año desde la visita. Es obvio que la compraventa no se formalizó”, recoge la sentencia 129/2025.

Además, el tribunal señala que la inmobiliaria no acreditó que la falta de compra fuera culpa de los compradores, ni que la propuesta de compraventa hubiera sido aceptada por los propietarios. “Difícilmente podrían estos adquirir la propiedad, siendo ello un requisito imprescindible para que se devengaran los honorarios”, puntualiza la resolución judicial.

vivienda

Una victoria con mensaje para los consumidores

El fallo supone un importante precedente para los compradores de vivienda, ya que aclara que las agencias no pueden exigir comisiones si la operación no llega a cerrarse o si el contrato de intermediación condiciona el pago a la compra efectiva.

El abogado de la pareja, Rubén Loro Cáceres, defendió que sus representados nunca adquirieron el inmueble y que, por tanto, no existía ninguna obligación de pago. El tribunal ha compartido plenamente esta argumentación, subrayando la necesidad de que las inmobiliarias ajusten sus prácticas a los principios básicos de buena fe y proporcionalidad.

En consecuencia, Vitapiso Servicios Inmobiliarios no solo pierde el derecho a cobrar los más de 6.000 euros, sino que además deberá asumir las costas del procedimiento. Una decisión que refuerza la protección de los consumidores frente a las reclamaciones abusivas en el sector inmobiliario.