Un asesor fiscal dice cómo pagar muchos menos impuestos: "No solo está Andorra"
Para quien desea dejar de pagar impuestos como residente fiscal en España, la primera alternativa es tan evidente como compleja: marcharse del país.
Así lo sostiene el asesor fiscal Álex Algarci (y así lo ha asegurado en el podcast de Pedro Buerbaum llamado Worldcast), especializado en fiscalidad internacional, cuando le preguntan cuáles son actualmente los destinos más interesantes para empresarios, inversores y profesionales que buscan reducir legalmente su factura tributaria.
@1mproveysf Impuestos fuera de España, residencias fiscales... #worldcast #Alexalgarci #tributar #impuestos #fiscalidadinternacional #fiscalidad #podcast #dinero #empresas ♬ sonido original - ImproveYourself
“La primera opción, lógicamente, es marcharse”, responde.
Sin embargo, la verdadera dificultad no consiste únicamente en elegir un país con impuestos más bajos. Cada territorio cuenta con sus propias normas de residencia, sus requisitos migratorios y diferentes sistemas para determinar qué ingresos deben tributar.
Un modelo que funciona para un empresario establecido en Andorra no tiene por qué ser válido para una persona que se traslade a Portugal, Irlanda, Panamá o Emiratos Árabes Unidos.
Marcharse de España no consiste únicamente en coger un avión
Cambiar de residencia fiscal no significa simplemente darse de baja, alquilar una vivienda en otro país o pasar algunas semanas fuera.
La legislación española considera residente fiscal a quien permanece más de 183 días durante el año natural en España. No obstante, este no es el único criterio. Una persona también puede seguir siendo considerada residente cuando se encuentre en territorio español el núcleo principal de sus actividades o de sus intereses económicos, directa o indirectamente.
Por tanto, no basta necesariamente con pasar menos de seis meses en España.
La Agencia Tributaria puede analizar dónde se encuentra la actividad profesional, desde dónde se dirige una empresa, dónde vive la familia, qué vivienda se utiliza habitualmente o en qué país se concentra la mayor parte de los intereses económicos.
Además, abandonar la residencia fiscal española no implica dejar de pagar cualquier impuesto en España. Los no residentes continúan tributando por determinadas rentas obtenidas en territorio español, como pueden ser los ingresos procedentes de inmuebles, actividades económicas o ciertas ganancias patrimoniales.
En algunos casos también puede resultar aplicable el conocido como impuesto de salida, que grava determinadas ganancias patrimoniales latentes vinculadas a acciones o participaciones cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley. Entre otras condiciones, la normativa contempla que el contribuyente haya sido residente en España durante al menos diez de los quince ejercicios anteriores.
Chipre, Malta, Andorra y Portugal
Dentro de Europa, Algarci menciona países como Chipre, Malta, Andorra y Portugal.
Todos ellos permiten, mediante mecanismos diferentes, conseguir una tributación inferior a la española para determinados perfiles. Sin embargo, no existe una estructura universal que pueda trasladarse automáticamente de un país a otro.
Andorra, por ejemplo, suele aparecer como una de las primeras alternativas para empresarios y creadores de contenido españoles debido a su proximidad geográfica. Pero para beneficiarse de su sistema fiscal es necesario trasladar allí la residencia de manera efectiva y cumplir los correspondientes requisitos administrativos, económicos y de permanencia.
Malta y Chipre cuentan con sistemas que pueden resultar especialmente interesantes para determinados residentes no domiciliados, inversores o personas que reciben rentas internacionales. El resultado depende de la procedencia del dinero, de si este se introduce en el país y de la naturaleza concreta de los ingresos.
Portugal también fue durante años uno de los destinos más conocidos gracias a su régimen para residentes no habituales, conocido como NHR.
No obstante, ese sistema fue derogado para los nuevos residentes con efectos generales desde el 1 de enero de 2024, aunque se mantuvieron disposiciones transitorias para quienes ya estaban inscritos o habían iniciado determinados trámites.
El país ha creado posteriormente el Incentivo Fiscal a la Investigación Científica y la Innovación, conocido como IFICI. Este régimen puede aplicar una tasa especial del 20% a ciertos rendimientos profesionales obtenidos en Portugal y contempla, como regla general, una exención para determinados ingresos extranjeros. Sin embargo, está limitado a actividades, profesiones y entidades que cumplan los requisitos establecidos.
Por tanto, Portugal continúa ofreciendo oportunidades fiscales, pero ya no dispone de un régimen tan amplio y accesible como el antiguo NHR para cualquier nuevo residente.
Reino Unido ya no ofrece el antiguo régimen “non-dom” durante siete años
Uno de los destinos más sorprendentes mencionados por Algarci es el Reino Unido.
El asesor explica que, mediante el antiguo sistema de residentes no domiciliados o non-dom, una persona podía tributar por el dinero generado dentro del país y dejar fuera determinados ingresos obtenidos en el extranjero mientras no los introdujera en territorio británico.
Este sistema permitió durante años que grandes fortunas internacionales residieran en Londres manteniendo una tributación reducida sobre parte de su patrimonio exterior.
Sin embargo, esa explicación necesita una actualización importante.
El antiguo régimen basado en el domicilio y en las remesas fue eliminado el 6 de abril de 2025. En su lugar, el Reino Unido introdujo el régimen de ingresos y ganancias extranjeras, conocido como FIG.
El nuevo sistema permite a quienes hayan permanecido al menos diez años fuera del Reino Unido solicitar una exención sobre determinados ingresos y ganancias extranjeras durante sus primeros cuatro años de residencia fiscal británica.
Ya no se trata, por tanto, de un beneficio general durante siete años basado en no introducir el dinero en el país. El nuevo régimen tiene una duración inferior, exige cumplir condiciones de residencia previa y debe solicitarse expresamente en la declaración fiscal.
Además, quienes utilizan el FIG pueden perder determinadas deducciones y mínimos personales británicos.
Irlanda mantiene el sistema de tributación por remesas
Irlanda es otro de los grandes desconocidos señalados por Algarci.
El país mantiene un sistema que puede beneficiar a personas residentes que no estén domiciliadas ni sean residentes ordinarias en Irlanda.
En estos casos, el contribuyente debe pagar impuestos por sus ingresos de fuente irlandesa y por los ingresos extranjeros que sean enviados o introducidos en el país. Esta fórmula se conoce como remittance basis o tributación por remesas.
Eso significa que ciertos ingresos mantenidos fuera de Irlanda pueden quedar fuera de la tributación irlandesa mientras no sean remitidos al país, siempre que la persona cumpla todos los requisitos.
No obstante, tampoco supone automáticamente tributar al 0%.
Los ingresos generados en Irlanda sí tributan, y cualquier transferencia, utilización o entrada de fondos extranjeros puede tener consecuencias fiscales. La definición de domicilio también es más compleja que elegir un país de residencia y requiere analizar las circunstancias personales.
La tributación territorial de Latinoamérica
Fuera de Europa, Algarci destaca el potencial de los países que aplican alguna forma de tributación territorial.
Este sistema parte de una idea aparentemente sencilla: los ingresos generados dentro del país tributan, mientras que determinadas rentas procedentes del extranjero pueden quedar exentas.
El asesor menciona, entre otros destinos, Belice, República Dominicana, Costa Rica, Panamá, El Salvador, Nicaragua, Bolivia, Chile, Uruguay y Paraguay.
Para un profesional que trabaja internacionalmente, un inversor cuyos activos están fuera del país o un empresario con clientes extranjeros, estos sistemas pueden reducir considerablemente la tributación.
Sin embargo, “tributación territorial” no significa necesariamente que cualquier factura emitida a un cliente extranjero quede automáticamente exenta.
La Administración puede analizar dónde se presta realmente el servicio, desde dónde se gestiona el negocio, dónde están los trabajadores, dónde se toman las decisiones y si existe un establecimiento permanente.
También deben estudiarse las reglas societarias, los convenios para evitar la doble imposición y las normas del país del que procede el contribuyente.
El resultado puede ser cercano al 0% en determinadas estructuras, pero no constituye una consecuencia automática de abrir una cuenta bancaria o crear una sociedad extranjera.
Emiratos Árabes continúa captando empresarios
Al desplazarse hacia Oriente, Emiratos Árabes Unidos aparece como uno de los destinos que más empresarios y emprendedores internacionales ha atraído durante los últimos años.
Su sistema continúa siendo especialmente favorable para determinadas personas físicas. Los salarios, los rendimientos de inversiones personales y los ingresos procedentes de inversiones inmobiliarias no se consideran actividades empresariales a efectos del impuesto federal sobre sociedades.
Sin embargo, tampoco puede afirmarse que cualquier actividad desarrollada en Emiratos esté libre de impuestos.
Una persona física que realiza una actividad empresarial en el país puede quedar sometida al impuesto sobre sociedades cuando su facturación anual supera un millón de dirhams.
Las sociedades también deben tener en cuenta el impuesto corporativo, el IVA, los requisitos contables y las condiciones exigidas para beneficiarse de los regímenes de las zonas francas.
Emiratos sigue siendo uno de los destinos más competitivos, pero establecerse allí requiere una residencia real, una licencia adecuada y una estructura coherente con la actividad desarrollada.
Malasia y Filipinas aparecen como alternativas asiáticas
Algarci también menciona Malasia y Filipinas dentro de las posibles opciones asiáticas.
Estos destinos pueden resultar atractivos para profesionales digitales, inversores y empresarios con ingresos internacionales, aunque la situación dependerá nuevamente de la residencia, de la procedencia de las rentas y de si el dinero entra en el país.
El asesor recuerda que otros destinos populares entre nómadas digitales, como Indonesia, presentan una situación mucho más complicada.
Vivir durante largos periodos utilizando visados turísticos o realizar salidas breves para renovar la estancia no equivale a disponer de una residencia migratoria y fiscal correcta.
Las llamadas visa runs, que consisten en salir del país y regresar para reiniciar el periodo permitido por el visado, pueden generar problemas migratorios. Además, la residencia fiscal y el permiso de inmigración son cuestiones distintas: alguien puede incumplir las normas fiscales aunque aparentemente conserve un visado válido.
Por ello, basar una planificación tributaria en la falta de medios de una Administración para detectar al contribuyente no convierte la estructura en legal.
La diferencia entre planificación fiscal y evasión
El debate planteado por Algarci gira alrededor de la posibilidad de pagar menos impuestos legalmente, no de ocultar ingresos o incumplir obligaciones.
La planificación fiscal permite escoger un país, una estructura empresarial o un régimen previsto por la legislación. La evasión comienza cuando se falsea la residencia, se esconden rentas, se utilizan sociedades sin actividad real o se omite información que debía declararse.
Trasladarse a un país con una fiscalidad reducida es legal.
Afirmar que se vive allí mientras la vivienda, la familia, el trabajo y la dirección efectiva del negocio continúan en España puede provocar una regularización, intereses, sanciones e incluso consecuencias penales en los casos más graves.
Del mismo modo, que una Administración extranjera tenga menor capacidad de control no elimina las obligaciones del contribuyente.
No existe un país perfecto para todo el mundo
La principal visión de las declaraciones de Algarci es que existen numerosas alternativas a la residencia fiscal española, pero ninguna funciona para todos los perfiles.
Un empresario que vende servicios digitales necesita una estructura diferente a la de un inversor que vive de dividendos. Tampoco se encuentra en la misma situación un trabajador por cuenta ajena, el propietario de una sociedad española o una persona con inmuebles y familia en España.
Antes de elegir un destino deben analizarse, al menos, la fuente de los ingresos, la residencia de la sociedad, la gestión efectiva del negocio, el patrimonio, los vínculos familiares, la Seguridad Social, los convenios internacionales y las posibles obligaciones que permanecen en España.
Reino Unido puede ser interesante durante cuatro años para determinados nuevos residentes. Irlanda puede favorecer a algunas personas no domiciliadas. Portugal conserva incentivos para perfiles profesionales concretos. Emiratos ofrece una tributación personal muy competitiva y varios países latinoamericanos aplican sistemas territoriales.
Pero reducir la factura fiscal de manera legal exige algo más que encontrar el país con el porcentaje más bajo.
Exige trasladarse de verdad, cumplir las normas locales y ser capaz de demostrar que la nueva residencia existe también fuera del papel.
Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento fiscal. La aplicación de cada régimen depende de las circunstancias personales, patrimoniales y profesionales del contribuyente.