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Medio centenar de entidades se adhieren al acuerdo para deudores hipotecarios

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

Más de 50 entidades financieras se han adherido al acuerdo hipotecario pactado entre el sector y el Gobierno para los deudores hipotecarios vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad, según la resolución de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa que se ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En concreto, se han adherido Abanca, Arquia Bank, BBVA, Banco Caminos, Banco de Crédito Social Cooperativo, Banco Sabadell, Banco Santander, Bancofar, Bankinter, CaixaBank, Caja de Crédito de los Ingenieros, Caixa Popular-Caixa Rural, Caixa Rural de Callosa d’en Sarriá, Caixa Rural de L’Alcudia, Caixa Rural de Turís, Caixa Rural Galega, Caixa Rural San Vicente Ferrer de la Vall d’Uixó, Caixa Rural Torrent y Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ontinyent.

También se han sumado Caja de Crédito de Petrel, Caja Laboral Popular, Caja Rural Católico-Agraria, Caja Rural Central, Globalcaja, las cajas rurales de Albal, Alginet, Altea, Asturias, Cheste, Granada, Guissona, Navarra, Villar, del Sur, La Junquera de Chilches, San Isidro de Vilafamés, San Jaime de Alquerías del Niño Perdido, San José de Burriana, San José de Nules, San Roque de Almenara y San Josep de Vilavella.

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Igualmente, los códigos los han suscrito Cajamar, Cajasur Banco, Colonya-Caixa D’estalvis de Pollensa, Deutsche Bank, Eurocaja Rural, Evo Banco, Ibercaja Banco, ING, KutxaBank, OpenBank, Targobank, Unicaja Banco y Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI).

Tras varias semanas de negociación entre el Ministerio de Asuntos Económicos y las patronales del sector financiero, el Consejo de Ministros aprobó el 22 de noviembre el Real Decreto-ley 19/2022 por el que se ha establecido un Código de Buenas Prácticas para aliviar el impacto de la subida de los tipos de interés sobre los deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad y se modificaba el Real Decreto Ley 6/2012 para mejorar la protección de los deudores hipotecarios vulnerables.

En concreto, esta norma mejora el tratamiento de las familias vulnerables, abre un nuevo marco de actuación temporal para familias en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos y adopta mejoras para facilitar la amortización anticipada de los créditos y la conversión de las hipotecas a tipo fijo.

El Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad ha sido de adhesión voluntaria por parte de las entidades, como ya lo fuera el código para deudores vulnerables. Sin embargo, las entidades estarán obligadas a cumplirlos una vez suscritos.

Para adherirse, el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se regulaba el nuevo código establecía un plazo máximo de cuatro semanas. Las posteriores variaciones se publicarán mensualmente en la sede electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional y en el BOE, salvo que no hubiera modificación alguna.

Con carácter excepcional, la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional podrá autorizar la apertura de nuevos períodos de adhesión para aquellas entidades que hubieran reconsiderado su decisión inicial, y, tras el cierre de los mismos, actualizará la información publicada en su página web.

Las entidades que inicien su actividad con posterioridad al plazo de cuatro semanas, podrán solicitar su adhesión en cualquier momento hasta la finalización de la vigencia del Código de Buenas Prácticas, establecida en dos años.

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