La CNMC reprende a Adif por no avisar a tiempo a los operadores de las condiciones de la red

Asegura que “está lejos de cumplir” con la transparencia a la que obliga la Unión Europea

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha advertido a Adif del retraso que lleva respecto a la publicación de todas las condiciones en las que las compañías operarán la red ferroviaria, considerando “insuficiente” la información que actualmente les presta.

Competencia se refiere a la actualización de la Declaración sobre la Red de Adif y Adif Alta Velocidad, un documento que elabora el administrador general de infraestructuras para que las empresas ferroviarias puedan acceder a la red de forma “transparente, objetiva y no discriminatoria”.

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Entre otros aspectos, les permite conocer las infraestructuras disponibles, sus condiciones de acceso, incluidas las económicas, y también los criterios y los procedimientos mediante los que se adjudica la capacidad en la red para la circulación ferroviaria.

Así, Adif debe publicar la Declaración sobre la Red con doce meses de antelación respecto del inicio del horario de servicio en el que será de aplicación, de forma que las empresas, que deben hacer sus solicitudes de acceso a la red previamente entre seis y ocho meses antes, conocerán con antelación las condiciones.

Sin embargo, la CNMC recuerda que Adif ha desvelado ahora la actualización de algunas de las condiciones que aplicarán en 2022, por lo que cuando las empresas ferroviarias presentaron sus solicitudes de acceso a la red para 2022, desconocían esta actualización.

Respecto a los cánones que les cobra a los operadores por el uso de la red, el regulador reitera que la Declaración sobre la Red 2022 tiene que contener todas las condiciones de acceso que se aplicarán en 2023, y no las que van a resultar de aplicación en 2022, las cuales deberían haberse incluido en la Declaración sobre la Red 2021.

Otro de los aspectos que remarca la CNMC es que Adif debería gestionar “de manera adecuada” las restricciones de capacidad derivadas de los trabajos de mantenimiento y mejora de las infraestructuras, puesto que este tipo de acciones pueden afectar a la prestación de los servicios ferroviarios.

La normativa europea impone obligaciones de transparencia al respecto a los gestores de infraestructuras, pero, según Competencia, los documentos publicados por los gestores españoles “están lejos de cumplir con estas condiciones”.

Por ello, recuerda que es necesario un verdadero proceso de consultas previas con las empresas afectadas por las restricciones, que debe realizarse con suficiente antelación. Además, dice que la capacidad remanente debe asignarse “de forma no discriminatoria”.

“El establecimiento temprano de las restricciones, en particular antes de que las empresas realicen sus solicitudes de capacidad, reduciría la reprogramación de los tráficos y los efectos negativos sobre las empresas ferroviarias y sus clientes”, explica.

CONSUMO REAL DE ELECTRICIDAD

A partir de enero de 2022, las empresas que cuenten con un equipo certificado de medida podrán solicitar la medición real de su consumo de electricidad en la red de alta velocidad y la facturación de este en lugar de un valor estimado, una solución de Adif que la CNMC considera “muy positiva” y que y anima a las empresas a que instalen estos equipos de medida.

No obstante, solicita a Adif Alta Velocidad que consulte con las empresas ferroviarias las modalidades de contratación de la electricidad y su disponibilidad a pagar por coberturas de riesgo frente a incrementos de los precios, por un lado, y que dé transparencia a los costes en que incurre en la provisión de electricidad, por el otro.

Por otra parte, insiste en la necesidad de mantener la Declaración sobre la Red actualizada con los correspondientes cambios en las previsiones de utilización de la capacidad adjudicada contenidas en los acuerdos marco firmados por Renfe, Ilsa (Iryo) y Ouigo, de modo que la capacidad excedentaria podría adjudicarse a nuevos operadores y maximizar así el uso de la red.

Finalmente, señala que la Declaración sobre la Red debería aclarar los procedimientos de acceso a los trayectos liberalizados que no han sido objeto de Acuerdos Marco.

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