Arag considera que la Ley de Vivienda aumenta la preocupación ante posible impago del inquilino

BARCELONA, 11 (EUROPA PRESS)

Arag ha destacado este jueves la advertencia de algunos expertos inmobiliarios de que la nueva Ley de Vivienda “aumenta la preocupación ante posibles impagos de los inquilinos”.

También constata que habrá propietarios que prefieran mantener sus pisos vacíos antes que sacar al mercado viviendas que no generen apenas rentabilidad, informa en un comunicado la compañía de seguros de defensa jurídica.

Arag cita cifras de un informe del Banco de España, según el cual los precios ofertados de alquiler se encarecieron más de un 50%, y que, según el INE, al menos 481.000 hogares destinan más del 40% de sus ingresos netos a pagar el alquiler.

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Según la compañía, este aumento del precio medio de los alquileres refleja que la demanda supera la oferta, que además se redujo un 35% en términos generales, y añade que “algunos expertos inmobiliarios creen que la nueva Ley no mejorará este punto”.

AUTONOMÍAS Y ESTADO

La abogada de Arag Montserrat Martín ha recordado que las autonomías tienen en sus estatutos la competencia en vivienda, por lo cual el legislador autonómico es el encargado de elaborar los programas normativos y el Estado se encarga “de garantizar el derecho a acceder a una vivienda digna y adecuada”.

Como ejemplo, ha explicado la Ley de Vivienda sienta las bases para definir qué es una zona tensionada, pero son las comunidades y los ayuntamientos quienes decidirán si aplican o no esos puntos, aunque también ha dicho que “otros muchos puntos de la Ley sí son centrales”, como una nueva referencia para la actualización anual del alquiler y las medidas de protección ante desahucios.

DESAHUCIOS

Martín también ha destacado que, con la nueva norma, la demanda presentada por un gran tenedor deberá acreditar siempre que ha hecho un proceso de conciliación con el inquilino y las administraciones públicas para facilitar una solución habitacional.

Así, en los procedimientos de desahucio que están ahora suspendidos hasta el 30 de junio “solo se levantará la suspensión si el demandante gran tenedor acredita que se ha sometido a este proceso”.

Además, toda resolución judicial debe indicar fecha y hora del lanzamiento del desahucio, “una demanda histórica de los movimientos por la vivienda”.

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