Adicae defiende que el derecho a reclamar los gastos hipotecarios no prescribe

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

Adicae ha defendido que el derecho de los consumidores para reclamar los gastos hipotecarios no prescribe y rechaza el plazo de cinco años para reclamar que se esgrime desde el sector financiero, algo que considera una “interpretación jurídica”.

En un comunicado remitido este martes, la asociación de consumidores de banca, cajas y seguros recuerda que han pasado cinco años desde que el Tribunal Supremo declarase como nulo que los bancos cargaran sobre los clientes los gastos de formalización de las hipotecas y, por tanto, se pautara la devolución de estos gastos a los consumidores.

Estos gastos, contenidos en hipotecas formalizadas y escrituradas anteriormente a 2019, supuso un desembolso de una cantidad variable según cada préstamo hipotecario, pero que iba entre los 1.000 y los 1.500 euros de media para un préstamo de 100.000 euros, cantidades que son “aún recuperables” para los consumidores, puesto que el TJUE expuso el pasado mes de enero que el plazo de prescripción comienza a contar una vez que el consumidor tiene conocimiento de la abusividad de la cláusula, “esto es, cuando el juez dictamina dicha abusividad, y no antes”, según señala Adicae.

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Sin embargo, unas recientes sentencias de la Audiencia Provincial de Barcelona estableció que el plazo prescriptivo para reclamar estos gastos habría comenzado en 2017, cuando asociaciones de consumidores y despachos de abogados lanzaron una “intensísima campaña de publicidad” dirigida a la captación de clientes para reclamar los gastos de sus hipotecas.

“La intensidad de esas campañas publicitarias y su éxito nos conducen a fijar la cognoscibilidad para el consumidor medio a principios de 2017”, señalaba el juez, antes de añadir que la “enorme cantidad de procesos” iniciados en 2017 “evidencia que el consumidor medio habría adquirido conciencia de sus derechos”.

En cambio, estas sentencias de la Audiencia Provincial no aclaran cuando acabaría el plazo para poder reclamar, ya que hace mención tanto a los cincos años del Código Civil estatal como a los diez años para reclamar del Código Civil catalán.

Para Adicae, el derecho a reclamar estos gastos “no prescribiría”, dada la abusividad y nulidad de la cláusula y anima, por ello, a los consumidores a seguir reclamando la restitución de estos gastos, puesto que el “teórico plazo” de cinco años desde la sentencia del Tribunal de Supremo “corresponde a una interpretación jurídica” que no comparte la asociación.

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