Si tienes patinete, ojo: España exigirá seguro y registro obligatorio a partir de 2026
A partir de 2026, los patinetes eléctricos y el resto de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) estarán sujetos a un nuevo marco legal en España que endurece sus condiciones de circulación. La normativa introduce la obligación de registro, la colocación de una etiqueta identificativa visible y la contratación de un seguro obligatorio de responsabilidad civil con coberturas mínimas más elevadas que las habituales hasta ahora. El objetivo es reforzar la seguridad vial y ofrecer a las autoridades más herramientas de control en un contexto de uso masivo de estos vehículos en las ciudades.
Las bicicletas de pedaleo asistido (EPAC) quedarán fuera de estas exigencias, manteniendo un régimen diferenciado respecto a los VMP. El cambio supone un punto de inflexión en la movilidad urbana y tendrá consecuencias económicas y operativas tanto para los usuarios como para las fuerzas y cuerpos de seguridad.
Nueva era para la movilidad urbana
La expansión de los patinetes eléctricos en los últimos años ha transformado la movilidad en numerosos municipios, ofreciendo alternativas rápidas y relativamente económicas para recorridos cortos. Sin embargo, su proliferación ha venido acompañada de conflictos de convivencia, siniestros y lagunas normativas que las autoridades buscan ahora corregir.
Con la entrada en vigor de las nuevas exigencias, el legislador pretende situar a los VMP en un marco más similar al de otros vehículos que ya cuentan con regulación específica, como motocicletas o ciclomotores, aunque con particularidades adaptadas a su menor potencia y velocidad.
Registro obligatorio y etiqueta identificativa
Uno de los pilares de la reforma es la obligación de registrar el VMP en el sistema correspondiente antes de poder circular legalmente. Este registro permitirá vincular de forma clara el vehículo con su titular, facilitando la gestión de multas, denuncias o investigaciones en caso de accidente.
Asociado a este registro, los patinetes deberán incorporar una etiqueta identificativa visible en el propio vehículo. Esta placa o distintivo será clave para su trazabilidad en la vía pública y permitirá a los agentes comprobar de manera rápida si el VMP cumple con los requisitos legales, reduciendo la sensación de anonimato que hasta ahora acompañaba a muchos usuarios.
Seguro obligatorio de responsabilidad civil
La otra gran novedad es la implantación de un seguro obligatorio de responsabilidad civil para los patinetes eléctricos y demás VMP. Esta póliza deberá cubrir daños personales y materiales a terceros, con coberturas mínimas más elevadas que las habituales en los productos disponibles hasta ahora para este tipo de vehículos.
El objetivo es evitar situaciones en las que, tras un accidente, la víctima quede desprotegida o dependa exclusivamente de la capacidad económica del usuario del patinete. A partir de 2026, circular sin este seguro podrá acarrear sanciones económicas y, en caso de control policial, incluso la inmovilización del vehículo hasta que se acredite el cumplimiento de la normativa.
Sanciones y refuerzo del control policial
El incumplimiento de las nuevas exigencias conllevará multas y otras medidas coercitivas. La posibilidad de inmovilizar el patinete se convierte en una herramienta adicional para las fuerzas y cuerpos de seguridad, que contarán con un marco más claro para actuar ante comportamientos de riesgo o usos irregulares.
La trazabilidad del vehículo gracias al registro y la etiqueta identificativa, unida a la exigencia del seguro, permitirá a las autoridades investigar siniestros, localizar a los responsables y hacer efectivos los procedimientos sancionadores. La reforma busca, en última instancia, reducir conductas imprudentes y mejorar la percepción de seguridad en la vía pública.
Las claves que nos indican :
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Nueva ley (Ley 5/2025):
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Desde el 2 de enero de 2026 todos los VMP (patinetes eléctricos, etc.) deberán:
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Estar registrados.
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Tener seguro de responsabilidad civil obligatorio.
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Obligaciones del usuario de VMP:
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Registrar tu VMP en el Registro de Vehículos de la DGT.
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Llevar una etiqueta identificativa visible con el número de inscripción.
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Contratar un seguro obligatorio para cubrir daños a terceros.
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Coberturas mínimas del seguro por siniestro:
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Daños personales: 6.450.000 €.
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Daños materiales: 1.300.000 €.
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Sanción por incumplimiento:
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Multa de 1.000 € y posible inmovilización del vehículo.
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Entrada en vigor:
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2 de enero de 2026, con periodo transitorio desde julio de 2025.
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Excepción importante:
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Las bicicletas de pedaleo asistido (EPAC) no necesitan seguro, matrícula ni licencia.
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Excepción para las bicicletas de pedaleo asistido
Un elemento relevante de la nueva regulación es la exención de las bicicletas de pedaleo asistido (EPAC), que no estarán obligadas a contar con seguro y registro en los mismos términos que los VMP. Este matiz refuerza la diferenciación entre el uso del patinete eléctrico y el de la bicicleta con asistencia al pedaleo.
Las EPAC mantendrán su régimen específico, considerado por el legislador como más próximo al de la bicicleta tradicional, mientras que los patinetes y otros VMP se consideran vehículos con un perfil de riesgo distinto en términos de circulación y siniestralidad.
Impacto para usuarios y ciudad
La implantación de estos requisitos marca un punto de inflexión en la manera de entender la movilidad urbana. Para los usuarios, supondrá la necesidad de adaptarse, gestionar el registro y asumir nuevos costes asociados al seguro y a la posible regularización de vehículos que no cumplan con los estándares exigidos.
Para las administraciones y cuerpos de seguridad, la reforma proporciona un marco jurídico más definido para ordenar el uso de los VMP, sancionar las conductas peligrosas y mejorar la convivencia entre peatones, ciclistas, patinetes y vehículos motorizados. La clave estará en el equilibrio entre el impulso a una movilidad más sostenible y la protección efectiva de la seguridad vial.