La Agencia de Protección de Datos multa a BBVA con 1,18 millones de euros por varias infracciones

BBVA recurrirá la multa

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 1,18 millones de euros a BBVA por la infracción de varios artículos del Reglamento General de Protección de Datos, según publica este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde el organismo debe publicar todas las multas superiores al millón de euros cuando el infractor sea una persona jurídica.

En concreto, según la resolución del organismo recogida en el BOE, el banco BBVA vulneró los artículos 25, 32 y 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos, razón por la que ha sido multado con 1.184.000 euros.

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El primero de estos artículos, el 25, establece que los principios, derechos y obligaciones relativos a la protección de datos han de tenerse en cuenta “desde el diseño y por defecto”.

El artículo 32, por su lado, impone a los responsables del tratamiento de datos personales la obligación de determinar y establecer las medidas de seguridad técnicas y organizativas apropiadas para garantizar el nivel de seguridad adecuado al riesgo en función del estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas.

Por su parte, el artículo 6.1 fija las condiciones por las que se considerará lícito el tratamiento de datos, entre ellas el haber recibido el consentimiento del interesado.

Las infracciones de estos artículos vienen a su vez tipificadas en los artículos 83.4 y 83.5 del Reglamento de Protección de Datos.

El artículo 83.4 establece multas administrativas de hasta 10 millones de euros o una cuantía equivalente de hasta el 2% del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior si el infractor es una empresa.

El artículo 83.5, por su lado, fija sanciones administrativas de hasta 20 millones de euros o, en el caso de una empresa, de una cuantía equivalente al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior.

Desde BBVA aseguran a Europa Press su intención de recurrir la sanción por vía judicial.

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